APRUEBA PLAN SECCIONAL N° 5 "REPLANTEO ZONIFICACION INDUSTRIAL, ENSANCHE CALLE DIEGO PORTALES Y REDEFINICION ZONA C-4"
    1° Lo dispuesto en los Artículos 2° y 3° de la Ley N° 16.391 y 12° del Decreto Ley N° 1.305; Decreto Supremo N° 397 (V. y U.) de 1976; los Artículos 43, 44 y 45 del Decreto Supremo N° 458 (V. y U.) de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, modificado por la Ley N° 18.738; los Artículos 2.1.7 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. 2° El Decreto Alcaldicio N° 112, del 23 de Enero de 1995, de la I. Municipalidad de Rancagua, que aprobó el Plan Seccional N° 5 "Modificación Plan Regulador Comunal de Rancagua".
3° El Informe Técnico N° 01, de fecha 03 de Febrero de 1995, favorable de la Unidad de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, VI Región. 4° La Resolución Afecta N° 00007, del 29 de Marzo de 1995 del Consejo Regional de la Región del Libertador Bernardo O'Higgins y demás antecedentes que se acompañan dicto lo siguiente:
    Núm. 00007.- Rancagua, 29 de Marzo de 1995.- Considerando: 1.- Que, la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, presentó el proyecto de modificación en el Seccional N° 05, correspondiente al Plan Regulador Comunal de Rancagua. 2.- Que, con fecha 5 y 7 de Noviembre de 1994 se publicaron los avisos correspondientes, exigidos en el art. 2.1.7. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en el Diario "El RancagÜino". 3.- Que, el certificado N° 307, de fecha 19 de Diciembre de 1994, del Secretario Municipal de Rancagua, en su calidad de Ministro de Fe, que constata el cumplimiento del período de exposición que determina el art. 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el art. 2.1.7. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. 4.- El Certificado N° 001 de fecha 3 de Enero de 1995, del Secretario Municipal de Rancagua, en su calidad de Ministro de Fe que da cuenta de la inexistencia de observaciones en el período legal. 5.- La memoria explicativa y la modificación a la Ordenanza Local, emitidas por la Dirección de Obras Municipales de Rancagua, para el Concejo Comunal, referidos a los aspectos técnicos del Seccional N° 05. 6.- El Acuerdo del Concejo Municipal de fecha 3 de Enero de 1995, que aprobó las modificaciones del Plan Regulador Comunal de Rancagua, según lo proyectado en Seccional N° 05 de 1994. 7.- El Decreto Exento N° 112 de fecha 23 de Enero de 1995, del Alcalde de Rancagua que aprueba la modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua. 8.- El Informe Técnico favorable N° 01 de fecha 03 de Febrero de 1995, emitido por el Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Sexta Región, referido al Seccional N° 05 del Plan Regulador Comunal de Rancagua. 9.- El Acuerdo N° 302, de fecha 22 de Marzo de 1995 del Secretario Ejecutivo del Gobierno Regional, en que se acredita que el Gobierno Regional en Sesión XX Extraordinaria de fecha 21 de Marzo de 1995, aprobó la modificación del Seccional N° 05 del Plan Regulador Comunal de Rancagua; Vistos: Lo dispuesto en los Artículos 43 y siguientes de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, Artículos 2.1.7. y siguientes de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y Artículos 20 letra f), 24 letra o) y 36 letra c) de la Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.
    Resuelvo:

    I.- Promúlgase la Modificación efectuada al Plan Regulador Comunal de Rancagua, denominada Plan Seccional N° 05 que consta en el correspondiente Plano y Ordenanza Local modificatoria al referido Plan Regulador Comunal.
    II.- Remítase copia autorizada de la presente Resolución, a la Ilustre Municipalidad de Rancagua, para que junto con la Ordenanza Local modificatoria correspondiente, sea íntegramente publicada por una vez en el Diario Oficial de la República de Chile, y además igualmente publicada en extracto en algún Diario de mayor circulación de la comuna.
    III.- Remítase, el Plano correspondiente al Seccional N° 05, a la Ilustre Municipalidad de Rancagua, a fin de que ésta proceda a archivarlo en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

    Anótese, comuníquese y tómese razón por la Contraloría Regional y publíquese.- Luis Roberto Araneda Aranda, Intendente Regional y Presidente Gobierno Regional VI Región.- Renato Valenzuela Horta, Secretario Ejecutivo Gobierno Regional, Ministro de Fe.

    MODIFICACION ORDENANZA LOCAL SECCIONAL N° 5
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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.167 DEL DIA LUNES    |
|      15 DE MAYO DE 1995, PAGINA 4 CUERPO UNO      |
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    Ronald Fulle Willatt, Director de Obras Municipales (S).- Patricio Letelier Elgueta, Asesor Urbanista.- Pedro Retamal Acuña, Director Relaciones Públicas y Comunicaciones.