AUTORIZA A CONTAR DEL 1° DE JULIO DE 1995, LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 571 exento.- Retiro, Mayo 9 de 1995.- Vistos:
    1.- Lo dispuesto en la Ley N° 19.380, que establece Modalidades de Aplicación de Reavalúos de Bienes Raíces no Agrícolas y modifica leyes N°s. 19.000, 19.034 y 19.339.
    2.- El acuerdo adoptado por el H. Concejo Municipal de Retiro, que consta en Acta de Sesión 123a Ordinaria Pública, celebrada en día martes 9 de Mayo de 1995.
    Y teniendo presente: 1.- Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades" y sus modificaciones.
    D e c r e t o:

    1.- Autorízase, a contar desde el 1° de Julio de 1995, la entrada en vigencia del Reavalúo de Bienes Raíces no Agrícolas, practicado por el Servicio de Impuestos Internos, conforme a lo dispuesto en Artículo 3° de la Ley N° 19.000.
    2.- Publíquese en el Diario Oficial el presente Decreto, atendiendo a lo dispuesto en el Art. 2° de la Ley N° 19.380.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- José Ramírez Mardones, Alcalde.- Gerardo Jesús Bayer Torres, Secretario Municipal.