MODIFICA ORDENANZA SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS
    Núm. 553 exento.- Talagante, 8 de mayo de 1996.- Visto y Considerando: 1) El Acuerdo N° 694 del Honorable Concejo Municipal, de fecha 29 de abril de 1996, mediante el cual se aprueba modificar la Ordenanza "Sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios", en el sentido de incorporar un artículo transitorio, y
    Teniendo presente las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N° 18.695 de 1988.
    Decreto:

    Primero: Modifícase la Ordenanza "Sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios", en el sentido de incorporar el siguiente artículo transitorio:
    "Artículo Transitorio: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Ordenanza sobre Actividad Comercial, Industrial y de Servicios de Talagante, en particular lo establecido en sus Artículos 24, 29, 33, letra a) y párrafo IV, el Alcalde podrá, por una sola vez, por el plazo máximo de dos meses, otorgar hasta 25 patentes excepcionales de comercio temporal estacionado, las que podrán comprender las veredas sur y norte de la calle Enrique Alcalde, entre las calles Eyzaguirre y Francisco Chacón, no pudiendo los beneficiarios de tales patentes, ocupar la calzada o la vereda de dicha arteria ni los cinco metros próximos a cada esquina, ni entorpecer el tránsito vehicular o peatonal. Debiendo en todo lo demás sujetarse a las prescripciones de esta Ordenanza. El Decreto que otorgue tales patentes, deberá establecer el lugar preciso de ubicación y su extensión".
    Segundo: Encárguese a la Dirección de Administración y Finanzas la publicación en el Diario Oficial de este Decreto.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Octavio Leiva Opazo, Alcalde.- Ricardo Carrasco Rojas, Secretario Municipal.