POSTERGA POR PLAZO QUE INDICA PERMISOS QUE SEÑALA Núm. 501 exento.- Providencia, 19 de Marzo de 1993.- Vistos: El D.S. N° 424 de 1975 (V. y U.) que aprueba el Plan Regulador de Providencia; lo dispuesto en el artículo 117° del D.F.L. 458 de 1976, del MINVU, Ley General de Urbanismo y Construcciones; y en uso de las facultades que me confieren los artículos 3° letra c), 5° letra d), 10 y 56 letra i) de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y Considerando:
    1.- El Ord. N° 1.000/10 de 22 de Febrero de 1983 de la I. Municipalidad de Providencia.
    2.- El Ord. N° 785 de 15 de Marzo de 1993 de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, que informa favorablemente la postergación por 3 meses de los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, dentro del polígono que se indica.
    Decreto:

    1.- Postérgase por un plazo de tres meses, los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcción que se soliciten en los predios ubicados en el interior del polígono delimitado por el fondo de las propiedades que enfrentan las calles Eliodoro Yáñez por Norte, Tobalaba por el Oriente, Pocuro por el Sur y Avda. El Bosque por el Poniente.-
    2.- El plazo señalado precedentemente correrá a contar de la fecha de publicación del presente Decreto en el Diario Oficial.-
    3.- Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial y en el Diario El Mercurio el día 22 de Marzo de 1993.-
    Anótese, comuníquese y archívese.- Jorge O. Herrera Ramírez, Alcalde Subrogante y Eduardo Vásquez Silva, Secretario Abogado Municipal Subrogante.
    Lo que comunico a Ud., para su conocimiento.- Saluda Atte., a Ud.- Eduardo Vásquez Silva, Secretario Abogado Municipal Subrogante.