APRUEBA ORDENANZA SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS DE LA I. MUNICIPALIDAD DE LAMPA
    Lampa, 02 de Septiembre de 1993.- La Alcaldía decretó hoy:
    Núm. 486 exento.- Vistos y teniendo presente: La Ley N° 3.063 "Rentas Municipales"; el Acuerdo N° 60 del Concejo Municipal celebrado en su 25 Sesión Ordinaria, realizada con fecha 30.06.93; y las facultades y atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Decreto:
    Apruébase Ordenanza sobre la Actividad Comercial, Industrial, y de Servicios de la I. Municipalidad de Lampa.

    TITULO I
    Disposiciones comunes para el comercio, la industria y los servicios

  CAPITULO I
Normas Generales

    Artículo 1°: La presente Ordenanza reglamenta la actividad comercial, industrial y de servicios dentro de la comuna de Lampa, en lo que dice relacion a su autorización, ejercicio, utilización y aspecto estético de los espacios públicos, en su necesaria integración y complementación con los usos admitidos en los diferentes sectores del territorio comunal.

_______________________________________________________
|  NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.736 DE 9 DE        |
|        DICIEMBRE DE 1993, PAGINAS 5, 6, 7 Y 8.      |
|_____________________________________________________|

    Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial. Transcríbase a departamentos municipales que corresponda, hecho archívese.- Carlos Escobar Paredes, Alcalde.- Eduardo Araneda Muñoz, Secretario Municipal.