APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
Melipilla, 18 de Mayo de 1995.- La Alcaldía decretó hoy lo siguiente:
Núm. 475 exento.- Vistos:
a) La Ley N° 19.380 que establece modalidades de aplicación de los reavalúos de Bienes Raíces no agrícolas;
b) El acuerdo N° 920 del Concejo Municipal, de fecha 15 de Mayo de 1995;
c) Las facultades y atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
D e c r e t o:
1.- Apruébase el adelanto de la vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas de la comuna de Melipilla, a partir del 2° Semestre de 1995, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.380.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial, dése copia al S.I.I. y archívese.- Jorge Armijo Ugalde, Alcalde.- Jorge Guaico Madrid, Secretario Municipal.