DISPONE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA APLICACION DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 432 exento.- Mejillones, Noviembre 15 de 1995.- Vistos: El D.A. N° 24/92 - Registro de fecha 26.09.92; la Ley N° 19.380, publicada en el Diario Oficial de fecha 31.03.95, que estableció modalidades de aplicación de los Reavalúos de Bienes Raíces no agrícolas y modificó las leyes N° 19.000, 19.034 y 19.339; el Ordinario N° 1939 de fecha 03.07.95, del Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos; el acuerdo N° 38/95 del Concejo Municipal, adoptado en la Sesión N° 175/95 - Extraordinaria, de fecha 14.11.95; en el cual se acordó por unanimidad adelantar la fecha de vigencia de aplicación de los Reavalúos de Bienes Raíces no agrícolas, en la Comuna de Mejillones, para el 1° Semestre de 1996, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 2 de la Ley N° 19.380; teniendo presente la Resolución N° 55, 1992, Contraloría General de la República; y en uso de las atribuciones legales que me confiere el texto Refundido de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, dicto el siguiente:
    D e c r e t o :

    1.- Dispóngase la entrada en vigencia a partir del Primer Semestre de 1996 de la Aplicación del Reavalúo de Bienes Raíces no agrícolas en la Comuna de Mejillones, en conformidad con lo señalado en el Artículo 2 de la Ley N° 19.380.
    2.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Sergio Vega Venegas, Alcalde (S).- Eduardo Araya Gálvez, Secretario Municipal (S).