APRUEBA ORDENANZA DE COBRO DE DERECHO DE ASEO DOMICILIARIO ANUAL PARA EL AÑO 1996
    Núm. 89.- Providencia, 14 de Noviembre de 1995.- Vistos: Lo establecido en los artículos 6 y siguientes de la Ley de Rentas Municipales, D.L. 3.063 de 1979, la Ordenanza N° 88 de 14 de Noviembre de 1995 sobre Condiciones necesarias para la Fijación de Tarifas del Servicio Domiciliario por Extracción de Basuras y Exenciones Total y Parcial y lo dispuesto en los artículos 5° letra d), 10°, 56° letra i), 58° letra c) y 69 letra b) de la Ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
    Considerando:
    1.- El Memorándum N° 521 de 9 de Noviembre de 1995 del Director de Aseo y Ornato.
    2.- El Acuerdo N° 584 tomado en Sesión Ordinaria N° 147 de 14 de Noviembre de 1995 del Concejo Municipal.
    Ordenanza:

    1.- Apruébase la Ordenanza de Cobro de Derecho de Aseo Domiciliario anual para el año 1996, en la cantidad de $19.044 que se recaudará junto con las contribuciones de Bienes Raíces o Patentes Municipales según sea el caso.
    2.- La tarifa señalada, para iniciar su cobro en Enero de 1996, se incrementará en el mismo porcentaje de variación del I.P.C. ocurrida durante el 2° Semestre de 1995.
    3.- El valor por litro de basura para el año 1996 es de $5,07.
    4.- Para el segundo semestre del año 1996, dicha tarifa se incrementará en el mismo porcentaje de variación del I.P.C. correspondiente al Primer Semestre de ese año.

    Anótese, publíquese y archívese.- Carmen Grez de Anrique, Alcaldesa y Josefina García Trías, Secretario Abogado Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Josefina García, Trías Secretario Abogado Municipal.