APRUEBA ORDENANZA DE COBRO DE DERECHO DE ASEO DOMICILIARIO ANUAL PARA EL AÑO 1995
    Núm. 71.- Providencia, 11 de Noviembre de 1994.- Vistos: Lo establecido en los artículos 6 y siguientes de la Ley de Rentas Municipales, D.L. 3.063 de 1979, el Decreto Supremo N° 261 de 1980 del Ministerio del Interior sobre Reglamento para el cobro del servicio domiciliario por extracción de basura y lo dispuesto en los artículos 5° letra d), 10, 56 letra i), 58 letra c), 69 letra b) de la Ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
    Considerando: El Acuerdo N° 397 tomado en Sesión Ordinaria N° 97 de 25 de Octubre de 1994 del Concejo Municipal.
    Ordenanza:

    1.- Apruébase la Ordenanza de Cobro de Derecho de Aseo Domiciliario anual para el año 1995, en la cantidad de $13.478 que se recaudará junto con las contribuciones de Bienes Raíces o Patentes Municipales según sea el caso.
    2.- La tarifa señalada, para iniciar su cobro en Enero de 1995, se incrementará en el mismo porcentaje de variación del I.P.C. ocurrida durante el 2° Semestre de 1994.
    3.- El valor por litro de basura para el año 1995 es de $3,80.
    4.- Para el segundo semestre del año 1995, dicha tarifa se incrementará en el mismo porcentaje de variación del I.P.C. correspondiente al 1er. Semestre de ese año.

    Anótese, publíquese y archívese.- Carmen Grez de Anrique, Alcaldesa y Josefina García Trias, Secretario Abogado Municipal.
    Lo que comunico a Ud., para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Josefina García Trias, Secretario Abogado Municipal.