MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
    Melipilla, 5 de junio de 1996.- La alcaldía decretó hoy lo siguiente:
    Núm. 416 exento.- Vistos: Lo dispuesto en el Art. 43 y demás pertinentes del D.L. 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales; lo dispuesto en el Art. 2 de la ley N°19.388, de fecha 30 de mayo de 1995; el Acuerdo N°1.189, de fecha 26 de febrero de 1996, del Concejo Municipal de Melipilla; lo prescrito en el Art. 19 de la Ordenanza Municipal sobre Servicio Domiciliario de Aseo, de fecha 8 de marzo de 1996; y las facultades conferidas en la ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores;
    D e c r e t o:

    Modifícase, la Ordenanza Local sobre derechos
municipales, por concesiones, permisos y servicios,
aprobada según acuerdo N°797, del 28 de diciembre de
1994, del Honorable Concejo Municipal de Melipilla y
publicada con fecha 18 de enero de 1995, en los
siguientes términos:
    Artículo único.- Reemplázase el actual artículo 11, que pasará a ser artículo 12, por el siguiente:
    "Artículo 11: La Dirección de Administración y Finanzas cobrará los derechos de aseo domiciliario para el presente año de 1996, que a continuación se indican.
    A.- Tarifa Básica $13.804 anuales
    B.- Tarifa por frecuencia 3 veces a la semana $19.325 anuales
    C.- Tarifa por frecuencia diaria $24.847 anuales Lo anterior es sin perjuicio de las exenciones establecidas por la Ordenanza Municipal sobre Servicio de Aseo".

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Jorge Armijo Ugalde, Alcalde.- Jorge Guaico Madrid, Secretario Municipal.