DICTA ORDENANZA PARA DETERMINAR TARIFAS DE ASEO, COBRO Y EXENCIONES
    Núm. 6/95.- Tocopilla, 23 de Diciembre de 1995.- Vistos y considerando:
1.- La necesidad de normar las tarifas de Aseo domiciliario, sus exenciones y demás condiciones.
2.- Lo dispuesto en el D.L. N° 3.063, ley de Rentas Municipales, modificada por la ley N° 19.388.
3.- El acuerdo N° 493, de fecha 20/12/95, del Concejo Municipal que aprobó por unanimidad la presente Ordenanza.
4.- La Resolución N° 55 de la Contraloría General de la República.
5.- Las facultades que me otorgan los artículos 5to. letra "d y e"; 56° Letra "i"; 58° letras "c y j"; 69° letra "b", de la ley N° 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades".
    ORDENANZA
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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.373 DEL DIA MARTES  |
|      23 DE ENERO DE 1996, PAGINA 6 Y 7            |
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    Anótese, comuníquese, públíquese y archívese.- Alexander Kurtovic Ruiz, Alcalde.- Tomás A. Pozo Moreno, Secretario Municipal.