ORDENANZA LOCAL PARA LA ELABORACION DE PROYECTOS Y CONSTRUCCION DE AREAS VERDES Y ARBORIZACION DIRIGIDA A INMOBILIARIAS, EMPRESAS CONSTRUCTORAS, DE PAISAJISMO Y AFINES
    Núm. 4.- Peñalolén, 14 de Octubre de 1996.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 20 letras b) N° 2, 4 y 5;
c), d) y g) de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, el Capítulo V, Título II, Artículo 70, Capítulo II, Título III, Artículo 134, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Capítulo II Artículo 7.2.2 y Capítulo IIb, Artículo 2.2.5, de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; el acuerdo del Honorable Concejo Municipal adoptado en su Sesión Extraordinaria N° 126 de fecha 04/10/1996, el Memorándum N° 266 de fecha 04/10/96, de Secretaría Municipal; las facultades que me otorgan los artículos 10, 56 y 58 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Considerando: La necesidad de reglamentar la ejecución de Proyectos de Areas Verdes y fiscalizar la construcción de dichas obras hasta el momento de su recepción;
    se dicta la siguiente ordenanza:

    ORDENANZA LOCAL PARA LA ELABORACION DE PROYECTOS Y
CONSTRUCCION DE AREAS VERDES Y ARBORIZACION DIRIGIDA A
INMOBILIARIAS, EMPRESAS CONSTRUCTORAS, DE PAISAJISMO Y
AFINES
    Artículo 1°.- De acuerdo a la Ley y Ordenanza de Urbanismo y Construcciones, todo predio que se subdivida y/o se formen lotes, deberá contemplar un porcentaje del terreno, de acuerdo a la densidad poblacional propuesta para la ejecución de áreas verdes, además de la arborización y jardines en las futuras avenidas, calles y/o pasajes que contemple el loteo.
    Dichas Areas Verdes y/o Arborización deberán ejecutarse íntegramente por el propietario, y una vez concluidos, se recibirán conformes por la Dirección de Obras de la Municipalidad.
    TITULO I
    Presentación del Proyecto de Area Verde
    Artículo 2°.- Para la aprobación del loteo, el propietario deberá acompañar el proyecto de área verde, junto a los proyectos de las obras de urbanización restantes, tales como pavimentación, agua potable, alcantarillado, electricidad, canales, aguas lluvia, etc.
    Artículo 3°.- Para la aprobación del proyecto indicado en el artículo segundo de la presente Ordenanza, el propietario deberá ingresar a la Dirección de Obras los siguientes antecedentes:
    I.- Plano General del Loteo con la Arborización de calles y pasajes (3 copias):
    Debe determinar la Ubicación y Orientación del área verde con respecto al loteo (plano que grafique y especifique el área verde). El área diseñada para este efecto debe ser útil para desplegar actividades inherentes al habitar.
    II.- Plano de diseño de Areas Verdes y Proyecto de Riego (3 copias de cada uno):
    #Estos deben mostrar la delimitación, cubicación y cotas generales de las distintas áreas verdes y las distancias de los elementos que la conforman, tales como:
a)  Césped (m2).
b)  Juegos infantiles (tipo).
c)  Maicillo (m3).
d)  Canchas de uso múltiple y otros (m2).
e)  Flores (nombres y cantidad).
f)  Arbustos (nombres y cantidad).
g)  Cubresuelos (nombre y cantidad).
h)  Llaves de riego y M.A.P.
i)  Mobiliario urbano.
    III.- Manuscrito de las Especificaciones Técnicas (3 copias).
    Estas deberán especificar:
    1.- Condiciones de suelo:
    a) Análisis de suelo (al menos Nitrógeno, Fósforo y Potasio).
    b) Epoca y sistema de preparación de suelo.
    c) Epoca de las diferentes fertilizaciones (parcialización si la hay); tipo de fertilizante y dosis (kg/m2) sea ésta orgánica o inorgánica.
    2.- Siembra de pasto:
    a) Epoca preparación de suelo, desinfección y siembra
    b) Dosis de semilla
    c) Determinar las especies que componen la mezcla d) Indicar proveedor de semillas
    e) Porcentaje de germinación (el proveedor debe dar esta información)
    f) Sistema de siembra
    g) Control fitosanitario
    h) Desinfección contra hongos
    i) Fertilización después del primer corte y parcialización
    j) Después del primer corte se deberá resembrar toda la superficie en que la densidad sea baja
    k) La recepción será después del 3er. corte, momento que la pradera debe ser uniforme, bien orillada, y con un aspecto vigoroso y sano.
    3.- Presentación de Carta Gantt y presupuestos 4.- Proyecto sistema de riego:
    a) Descripción general del sistema propuesto b) Aspersores a usarse
    c) Frecuencia y tiempo de riego
    d) Cuadros: Materiales por estación de aspersión, demanda de riego diario, otros.
    5.- Plantación de árboles:
    a) La plantación y elección de especies arbóreas y arbustivas debe ser consultada a la Dirección de Obras Municipales y realizada frente a cada sitio y en bandejones.
    b) La altura promedio de los árboles al momento de la plantación debe ser de 2,00 m.
    c) El día de la plantación deberá estar presente personal municipal calificado, el que supervisará los siguientes aspectos:
    i) Especies a plantar:
    La elección de especies debe ser consultada en la D.O.M. Las especies a plantar deben presentar un perfecto estado fitosanitario, libre de conchuelas y áfidos u otro insecto, sin gomosis, no debe tener presencia de fumagina.
    ii) Sistema radicular:
    El sistema radicular debe tener un buen desarrollo, la raíz no puede estar enrollada u obstruida por acción mecánica.
    iii) Las yemas:
    Las yemas deben estar vivas, enteras, de escamas brillantes y bien pegadas.
    iv) Etiquetado:
    Se solicita que todos los ejemplares cumplan con esta condición, indicando nombre de la especie, edad y vivero de procedencia.
    v) Método de plantación:
    - La hoyadura deberá ser de 50x50x60 cm., dependiendo del tamaño del contenedor, puede llegar a ser de 60x60x60 cm. o más si el caso lo requiere.
    - En el momento de realizar la ahoyadura se debe ocupar para la plantación tierra libre de escombros y piedras.
    - En la plantación se debe preparar una mezcla de suelo, que contenga Arena gruesa, Tierra vegetal, Tierra de hoja, y Compost.
    - Todas las especies con follaje deben ser fumigadas, y las plantas a raíz desnuda deben ser desinfectadas.
    - Se exigirán tutores de pino tratado e impregnado de 3 m. de altura y 1 1/2 a 2" (pulgadas) de diámetro como mínimo y con una longitud de 2,60 metros. Se deben enterrar 60 cm. que deben estar impregnados con alquitrán.
    - Los arbustos deberán presentar un buen desarrollo, correspondiente a 1 ó 2 años, con una altura mínima de 0,60 cm. Deberán estar bien ramificados desde la base. Las especies perennes deberán tener un follaje compacto y vigoroso. Todas deben estar perfectamente enraizadas.
    - Al momento de la plantación deberá fertilizarse de acuerdo a lo que arroje el análisis de suelo y los requerimientos específicos de cada especie.
    - En las especies arbustivas, también se debe considerar la desinfección y etiquetado.
    TITULO II
    Elementos a considerar en el diseño y ejecución de
las obras de áreas verdes
    Artículo 4°.- Iluminación: La iluminación interna del área verde debe ser con pagodas integradas al diseño de la misma. El nivel de luminosidad del área debe alcanzar 100 luxes parejo.
    Artículo 5°.- Mobiliario urbano: Se debe considerar en las áreas verdes la existencia de basureros, escaños, muros, asientos. El tipo y la cantidad será exigida según las características específicas de cada obra.
    Artículo 6°.- Instalación de Medidor de Agua Potable y sistema de riego: Será obligación del ejecutor del Area Verde su instalación, con sus respectivas llaves, nichos, candados y el estudio del proyecto del sistema de riego.
    Artículo 7°.- Juegos infantiles: Deben ser contemplados dentro del sector de área verde. Estos deben incluir protección a lo largo de su perímetro, para evitar la salida a vías de tránsito vehicular.
    La cantidad y tipo de juegos dependerá de la superficie del área.
    Artículo 8°.- Area vegetacional: Se deberá limitar por medio de solerillas, de tipo prefabricadas u otro material similar.
    El diseño de esta zona debe ser principalmente en base a:
1.- Césped;
2.- Cubresuelos;
3.- Flores;
4.- Arbustos;
5.- Arboles, etc.
    La distribución de las especies mencionadas anteriormente debe ser homogénea y deben estar en excelente estado fisiológico, al momento de solicitar la recepción.
    El número de cubresuelos debe ser de al menos 16 plantas/m2.
    Artículo 9°.- En la especificación vegetal se deben considerar especies nativas, características de la zona precordillerana central y especies exóticas ornamentales del tipo arbustiva, floral, arbórea, sobre la cual el Municipio entregará orientación.
    Artículo 10°.- Los veredones y bandejones de los conjuntos habitacionales deben construirse de un 1,00 metro de ancho o superior considerando la implementación de césped y arborización. Frente a cada sitio se deben contemplar 2 especies arbóreas siempre y cuando la distancia de plantación no dificulte su posterior desarrollo.
    TITULO III
    Recepción de las obras de arborización y áreas
verdes
    Artículo 11°.- Una vez ejecutadas las obras de arborización y áreas verdes, de acuerdo a los planos y especificaciones técnicas, serán recepcionadas por la Dirección de Obras Municipales, quien emitirá un Certificado de Recepción, siempre y cuando se hayan cumplido todos los requisitos indicados en el proyecto y en la presente Ordenanza.
    Anótese, comuníquese y transcríbase la presente Ordenanza a todas las Direcciones y Unidades Municipales, publíquese, cúmplase y hecho, archívese.- Carlos Echeverría Muñoz, Alcalde.- Daniel Ulloa Cerda, Secretario Municipal (S).
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines pertinentes.- Daniel Ulloa Cerda, Secretario Municipal (S).