AMPLIA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
    Núm. 4.- Concepción, 28 de Mayo de 1991.- Vistos: La ordenanza N° 1, de 24 de Enero de 1991, que contiene la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios; el acuerdo N° 401-62-91, de 09 de Abril pasado, que amplía Acuerdo N° 370-56-91, de 23 de Enero de 1991, estableciendo Derechos por Instalación de Cables para Servicios que no sean de Utilidad Pública; y, teniendo presente, lo establecido en los Arts. 55 letra c) y 78 letra c) de la Ley N° 18.695; y, en uso de las atribuciones que me confieren los Arts. 10, 47 y 53 del mismo cuerpo legal, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades vengo en dictar la siguiente resolución en el carácter de Ordenanza:

    AMPLIA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
    Artículo único: Agregar en el Art. 10 letra B. el N° 10, con la siguiente glosa:
    "10.- Derechos por Instalación de Cables para Servicios que no sean de Utilidad Pública, Anual por Metro Lineal 0,02 UTM".

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República y, en su oportunidad, archívese.- Eduardo de la Barra Vega, Alcalde.- Manuel Lagos Espinoza, Secretario Municipal.