PONE EN VIGENCIA ORDENANZA QUE REGULA FUNCIONAMIENTO DE SALAS DE VIDEOS, ENTRETENCIONES ELECTRONICAS Y SALONES DE BILLAR Y POOL
    Núm. 2.- Antofagasta, 27 de Julio de 1995.- Vistos: la necesidad de reactualizar la Ordenanza N° 07/85, del 22 de mayo de 1985, que regula el funcionamiento de las Salas de Videos, Entretenciones Electrónicas y Salones de Billar y Pool que funcionan en la ciudad; los informes entregados por las distintas unidades municipales, en especial el informe N° 090/95, de la dirección de Asesoría Jurídica; el Certificado N° 241/95, de fecha 14 de julio de 1995, por el cual el señor Secretario Municipal certifica que en Sesión Ordinaria N° 10, celebrada el 22 de junio de 1995, el Concejo Municipal prestó su acuerdo para la dictación de una nueva Ordenanza; el Decreto Ley N° 3.063 sobre Rentas Municipales; las instrucciones impartidas por la Alcaldía en su orden de servicio de fecha 21 de julio de 1995, y en uso de las facultades legales que me confiere el artículo 56°, letra g) e i), del Decreto N° 662, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido de la Ley N° 18.695, y sus modificaciones posteriores, dicto la siguiente:
    Ordenanza:


    1.- Pónese en vigencia la siguiente Ordenanza Municipal, que regula el funcionamiento de "Salas de Videos, Entretenciones Electrónicas y Salones de Billar y Pool", de conformidad a lo señalado en la parte expositiva del presente instrumento.
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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.241 DEL DIA VIERNES  |
|      11 DE AGOSTO DE 1995, PAGINA 9                |
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    Anótese, publíquese en el Diario Oficial de la República, comuníquese y archívese.- Pedro Araya Ortiz, Alcalde.- Rafael Garbarini Cifuentes, Secretario Municipal.