PRORROGA Y MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
    HUECHURABA, 31 de Diciembre de 1992.-
    VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: la Ordenanza N°1 de fecha 31.12.91, sobre derechos Municipales; lo dispuesto en el Artículo 43° del D.L. N° 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales; los acuerdos adoptados por el Concejo Municipal de Huechuraba en sus Sesiones Ordinarias N°s 16 y 17 de fecha 13 y 20 de Enero, respectivamente; y en uso de las facultades que me confiere los artículos N°s 10°, 58° letra j) y 56° de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones, se dicta la siguiente:

    ORDENANZA N° 01/93.-
    PRIMERO: DESE cumplimiento a los acuerdos adoptados por el Concejo Municipal de Huechuraba en su Sesiones Ordinarias N° 16 y 17 de fecha 13 y 20 de Enero de 1993, respectivamente.
    SEGUNDO: APRUEBASE las modificaciones que a continuación se detallan a la Ordenanza SOBRE DERECHOS MUNICIPALES DE LA I. MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA.
    1.- En el título IV "Derechos Municipales sobre transporte, tránsito y vehículos, derechos de estacionamiento reservado", se modifican los siguientes artículos:
    ARTICULO 8° letra D), sustitúyense las palabras "por espacio", las que se reemplazan por las palabras "por vehículo" y la cifra "1.00" por "0.5".
    ARTICULO 9°, Letras D), sustitúyese la cifra "0.20" por la cifra "1.00";
    Letra E), se sustitúyese la cifra "1.50" por la cifra "1.00";
    Letra H) N° 1 sustitúyese la cifra "0.15" por la cifra "0.10"
    Letra N) se sustitúye la cifra "0.25" por la cifra "0.20"
    Letra Ñ) sustitúyese la cifra "0.05" por la cifra "0.07"
    ARTICULO 10°, Letra A) sustitúyese la cifra "0.0075" por la cifra "0.05"
    Letra B) se cambia la cifra "0.015" por la cifra "0.08"
    Letra C) se cambia la cifra "0.030" por la cifra "0.1"
    Letra D) se cambia la cifra "0.01" por la cifra "0.05"
    Letra E) se cambia la cifra "0.030" por la cifra "0.05"
    Letra F) se cambia la cifra "0.50" por la cifra "0.02"
    TITULO VI DERECHOS RELATIVOS A LAS CONCESIONES Y PERMISOS POR CONSTRUCCIONES O INSTALACIONES EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO Y MUNICIPALES
    OCUPACION BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO ARTICULO 12 letra B) N° 7, se cambia la cifra "0.3" por la cifra "0.08".
    Letra B) N° 8, se cambia la cifra "0.3" por la cifra "0.08".
    Letra B) N° 9, se cambia la cifra "0.05" por la cifra "0.09".
    Elíminese la Letra B) N° 15, por encontrarse en el Título VIII, Artículo 14°, letra B).
    Letra E), se cambia la cifra "0.5" por la cifra "0.07".
    Letra F) se cambia la cifra "0.005" por la cifra "0.010".
    Letra G) N° 3, se cambia la cifra "1.08" por la cifra "0.03".
    Letra G) N° 4, se cambia la cifra "0.15" por la cifra "0.5".
    Letra H), se modifica la redacción anterior que dice "Funcionamientos de Circos, parques de entretenimientos por Mt2 ...........0.0010", quedando de la siguiente forma "Funcionamientos de Circos, parques de entretenimientos quincenal por Mt2 o fracción .........
0.006".
    Letra J) se cambia la cifra "0.010" por la cifra "0.05"
    Letra K) se cambia la cifra "0.50" por la cifra "0.05"
    TITULO VII DERECHOS RELATIVOS A LA PROPAGANDA DERECHOS DE PROPAGANDA ARTICULO 13° Agréguese después del sector I el sector II, quedando el sector II como sector "III":
    SECTOR II Sector Industrial ubicado en las siguientes arterias:
    Avda. El Salto, Rinconada El Salto, Palacio Riesco, Alberto Riesco, Los Industriales, Los Productores, Los Artesanos, Los Trabajadores, El Rosal, Guanaco, Pedro Fontova, Santa Marta de Huechuraba, Los Libertadores, Santa Elena y Avda. Recoleta hasta el N° 5.300 ARTICULO 13° letra A) agréguese y modifíquese las siguientes cifras de acuerdo a los sectores antes señalados:
    SECTOR I se cambia la cifra "0.40" por la cifra "2.00"
    SECTOR II se cambia la cifra "0.15" por la cifra "1.50"
    SECTOR III se agrega la cifra "0.15" ARTICULO 13° letra B) agréguese y modifíquese las siguientes cifras de acuerdo a los sectores antes señalados:
    SECTOR I se cambia la cifra "0,40" por la cifra "2.00"
    SECTOR II se cambia la cifra "0.15" por la cifra "1.50"
    SECTOR III se agrega la cifra "0,15" ARTICULO 13° letra B) N° 1agrégase después de la palabra "semanal" la expresión "todos los sectores".
    ARTICULO 13° letra B) N° 2 agréguese y modifíquese las siguientes cifras de acuerdo a los sectores antes señalados:
    SECTOR I se cambia la cifra "0.25" por la cifra "1.00"
    SECTOR II se cambia la cifra "0.05" por la cifra "0.50"
    SECTOR III se agrega la cifra "0.05" ARTICULO 13° letra B) N° 3 elimínese las palabras "ambos sectores" por la expresión "todos los sectores" ARTICULO 13° letra b) N° 5 se cambian las siguientes cifras de acuerdo a los siguientes sectores.
    SECTOR I se cambia la cifra "0.50" por la cifra "2.00"
    SECTOR II se cambia la cifra "0.15" por la cifra "1.50"
    SECTOR III se agrega la cifra "0.15" TITULO VIII DERECHOS POR COMERCIO AMBULANTE OTROS INGRESOS NO CLASIFICADOS ARTICULO 14° letra B) se cambia la cifra "0.25" por la cifra "1.0".
    TITULO IX DERECHOS RELATIVOS A URBANIZACION Y CONSTRUCCION ARTICULO 16° letra C) Estudios de Anteproyectos letra a) se cambia la cifra "0.50 U.T.M." por la cifra "1.00 U.T.M." y en su letra b) se cambia la cifra "1.00 U.T.M." por la cifra "2.00 U.T.M.".
    Letra F) se cambia la cifra "0.05 U.T.M." por la cifra "1 C.A.V."
    Letra G) se cambia la cifra "0.02 U.T.M." por la cifra "1 C.A.V."
    Letra H) se cambia la cifra "0.02 U.T.M." por la cifra "1 C.A.V."
    Agréguese después de la letra P) la letra Q) que dice Cambio de destino 0.5 U.T.M.
    SE SUPRIME EL ARTICULO 17°.
    TITULO XII DERECHOS VARIOS ARTICULO 23° letra D) se cambia la cifra "0.05 U.T.M." por la cifra " 1 C.A.V."
    Letra F) se cambia la cifra "0.20 a 3.00 U.T.M." por la cifra 0.10 a 4.00 U.T.M."
    La letra K) se elimina, quedando la letra L) como letra K).
    TERCERO: PRORROGASE en todo aquello que no hubiere sido modificado por la cláusula Segunda y a contar del 1° de Enero en curso y hasta el 31 de Diciembre de 1993, la vigencia de la Ordenanza N° 1, Sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios para la Comuna de Huechuraba., publicada en el Diario Oficial en su edición del día 29 de Enero de 1992.

    Anótese, comuníquese y transcríbase a todas las reparticiones Municipales, Intendencia Regional, Ministerio del Interior, y Secretaría Municipal para que se ordenen las publicaciones legales correspondientes y pase a la Dirección de Rentas y Finanzas para su conocimiento y fines consiguientes, hecho archívese..- Sofía Prats Cuthbert, Alcaldesa de Huechuraba.- Carlos Tapia Sieglitz, Abogado, Secretario Municipal.