REGULA EL MONTO DE LOS DERECHOS MUNICIPALES QUE DEBEN PAGAR LAS PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS DE DERECHO PUBLICO, POR LAS CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS QUE OBTENGAN DE LA MUNICIPALIDAD
    Núm. 1.- Puerto Montt, 26 de Enero de 1995.- Vistos: Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido fue fijado por el Decreto Supremo N° 662, del 16 de Junio de 1992, del Ministerio del Interior; lo dispuesto en el artículo 43° y demás pertenecientes del D.L. N° 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales; lo señalado en la letra b), del artículo 13°, de la Ley N° 15.231; el artículo 3°, de la Ley N° 15.231; el artículo 3° y siguientes de la Ley N° 18.287; lo instruido en la Ordenanza Municipal N° 01, sobre notificaciones de resoluciones Alcaldicias, publicada en el Diario Oficial N° 32.063, del 28 de Noviembre de 1984; y
    Teniendo Presente:
    1) El acuerdo favorable del Concejo Municipal, adoptado en reunión Ordinaria del 25 de Enero de 1995.
    2) La necesidad de mantener actualizados los derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios; y en uso de mis atribuciones legales, dicto la siguiente:
    O r d e n a n z a:


_______________________________________________________
| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.081 DE 31 DE ENERO  |
|      DE 1995, PAGINAS 22, 23 Y 24.                |
|_____________________________________________________|

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Juan Sandoval Paredes, Alcalde de Puerto Montt.- Jorge Schmidt Dilleke, Secretario Municipal.