DISPONE ENTRADA EN VIGENCIA DEL REAVALUO DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 346 exento.- Mostazal, 26 de Mayo de 1995.- Considerando:
    1.- Que con fecha 31 de marzo de 1995, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 19.380, que establece modalidades de aplicación de los reavalúos de bienes raíces no agrícolas.
    2.- Que el artículo 2° de la Ley mencionada en el considerando anterior, faculta a los municipios para adelantar la fecha de vigencia del reavalúo a que se refiere el artículo N° 1 de la misma ley.
    3.- Que en Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 26 de mayo de 1995, fue aprobado adelantar la fecha de entrada en vigencia de reavalúo de bienes raíces no agrícolas, para el segundo semestre del presente año.
    Vistos:
    1.- Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.
    2.- La Resolución N° 55 de 1992, de la Contraloría General de la República.
    D e c r e t o:

    1°.- Dispóngase la entrada en vigencia a partir del 01 de julio de 1995 de la aplicación del reavalúo de los Bienes Raíces no Agrícolas en la comuna de Mostazal.
    2°.- Publíquese en el Diario Oficial.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Alcalde.- Secretaria Municipal.