MODIFICA DECRETO N° 211 DE 1987 Lampa, 28 de Junio de 1991.- La Alcaldía decretó hoy: Núm. 336/91 exento.- Vistos y teniendo presente: La necesidad de modificar los cobros sobre la propaganda del comercio establecido en la Comuna; lo dispuesto en los artículos Nro. 41 y siguientes del decreto ley N° 3.063 sobre Rentas Municipales; el decreto exento Nro. 211 del 27 de Octubre de 1987; y las facultades que me confiere la ley N° 18.695 Orgánica Constituciona de Municipalidades.
    decreto:

    Modifíquese, el artículo Nro. 15 del decreto alcaldicio Nro. 211 de fecha 27 de Octubre de 1987 en sus puntos Nro. 1 y 2 en el siguiente sentido:
1.- Letreros, carteles o avisos no luminosos anual por m2 o fracción superior ocuapada          15% U.T.M.
2.- Letreros, carteles o avisos luminosos, anual por m2, o fracción superior ocupada          30% U.T.M.
Agréquese, al artículo 15 del decreto alcaldicio precedentemente citado, el siguiente punto:
1.- "El comercio establecido deberá pagar como mínimo, un derecho por publicidad equivalente a un 7,5% de una U.T.M. Anual por m2.

    José Raúl Rodríguez Rodríguez, Alcalde.- Guillermo Silva Cuadra, secretario municipal.