APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DEL REAVALUO DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Quilicura, 22 de mayo de 1995.- La Alcaldía decretó hoy lo que sigue:
    Núm. 280/95 exento.- Vistos y teniendo presente: La Ley N° 19.380, que establece modalidades de aplicación de los reavalúos de Bienes Raíces no Agrícolas; el Oficio N° 49 de fecha 16.05.95 del Asesor Jurídico; el Acuerdo N° 29 del 19 de mayo de 1995 del Concejo Municipal de Quilicura; y en uso de las facultades y atribuciones que me otorga la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, Texto Refundido.
    Decreto:

    Apruébase el adelanto de la vigencia del reavalúo de los Bienes Raíces no Agrícolas de la Comuna de Quilicura, a partir del segundo semestre de 1995, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.380.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Carmen Romo Sepúlveda, Alcaldesa.- Eduardo Budini Gatica, Secretario Municipal.