MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES Núm. 268 exento.- Río Bueno, 17 de Marzo de 1993.-
Vistos: 1.- El Decreto Exento N° 1.020 de fecha 28 de Septiembre de 1992, que nombra Alcalde de la Comuna.
Teniendo Presente:
1.- Las facultades de la Ley N° 18.695, sus artículos 72 y 115 del Texto Refundido, publicado en el Diario Oficial el 27 de Agosto de 1992.
2.- La Ordenanza N° 04 del 02.01.86 y sus modificaciones posteriores contenidas en el Decreto Exento N° 1009 del 18.11.88.
Considerando:
El acuerdo del Concejo N° 05 tomado en sesión del día 22 de Octubre de 1992, según lo establecido en la Ley.
La necesidad de introducir algunas modificaciones a la Ordenanza Local.
Decreto:
1.- Modifica Ordenanza Local de la I. Municipalidad de Río Bueno, sobre derechos municipales a cobrar por la oficina de Rentas y Patentes, vigente a la fecha en la forma que se indica:
a) Sustitúyase:
- Art. 3 N° 4.2 de 6 UTM. a 10 UTM. diaria.
5.1 de 1 UTM. por 1 UTM diaria a comerciantes ambulantes artesanales con venta de artículos de paquetería, enlosados, calzados, ropa usada, cassettería, cerámicas y confecciones en general.
5.2 Comerciantes ambulantes con artículos de poco valor; 10% UTM. diaria, plantas, semillas, flores, y/o hierbas, frutas, hortalizas, pescados y mariscos, otros.
2.- La presente modificación comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial de la República.
Anótese, comuníquese, y archívese.- Waldo Alejandro Flores Vera, Alcalde.- José Eugenio Sanhueza Alvarado, Secretario Municipal.-