APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 217 exento.- Futrono, 19 de Mayo de 1995.- Vistos: Estos antecedentes y las facultades que me confiere la Ley 18.695, en sus artículos 5° letra d), 10 y 56 letra i), Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades; Decreto exento N° 0390 del 28 de Septiembre de 1992, que ratifica el nombramiento de alcalde de la comuna, el artículo 2° de la Ley N° 19.380 publicado en el Diario Oficial el día 31 de Marzo de 1995;
    Considerando: El acuerdo N° 137 tomado en sesión ordinaria de fecha 15 de mayo de 1995 del Concejo Municipal.
    D e c r e t o:

    Apruébase el adelanto de la vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas de la comuna de Futrono, a partir del segundo semestre de 1995, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2° de la Ley N° 19.380.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Octavio Cazaux González, Alcalde.- Rebeca Asenjo Jaramillo, Secretario Municipal.