MODIFICA DECRETO ALCALDICIO N° 54 EXENTO, DE 1985 Pirque, 9 de Noviembre de 1992.- La Alcaldía decretó hoy lo que sigue:
    Núm. 197 exento.- Vistos y Teniendo Presente: 1.- El Decreto N° 54 de fecha 05 de Septiembre de 1985 que fija las normas sanitarias básicas.
    2.- El Decreto Ley N° 2.763 de 1979, que estableció el Sistema Nacional de Servicios de Salud.
    3.- La Ley N° 18.122 que creó el Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana.
    4.- La necesidad de fijar normas que regulen en general las las condiciones sanitarias mínimas de la Comuna y, en general, la de los establecimientos de comercio, de industrias y de servicios.
    Decreto:

    Agrégase al Capítulo II, Artículo 4° del Decreto Exento N° 54 de fecha 05 de Septiembre de 1985, los siguientes incisos:
    -Se prohíbe, además, la mantención de focos infecciosos (basurales, materiales orgánicos descomposición, en etc.), sin el debido resguardo sanitario que evite la contaminación ambiental por: moscas, insectos y/o roedores.
    -Se prohíbe la mantención y explotación de vertederos dentro de los límites comunales.

    Anótese, comuníquese, publíquese en el diario de mayor circulación dentro de la Comuna.
    Cúmplase y hecho archívese.- Manuel José Ossandón I., Alcalde.- Manuel Durán Gaete, Secretario Municipal.