MODIFICA EL ART. 15° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nueva Toltén, 25 de Enero de 1993.- La Alcaldía decretó lo que sigue:
    Num. 93 exento.- Vistos: -Lo dispuesto en los art. 41 y 42 del D.L. N° 3.063 de 1987, sobre Rentas Municipales.-
    -Los Decretos Exentos Nros. 06 del 25.02.1985, N° 06 del 23.01.87, N° 12 del 09.01.90, N° 57 del 18 de Enero de 1991 y N° 44 del 13.01.92, que dicta e introduce modificaciones a la Ordenanza Municipal de Concesiones, permisos y servicios de la Comuna de Toltén.
    - La necesidad de introducir nuevas modificaciones en la Ordenanza.-
    -El acuerdo del Honorable Concejo de la Comuna de Toltén en su reunión ordinaria N° 03 del 20 de Enero de 1993.-
    -El Certificado del Secretario Municipal del 21 de Enero de 1993.-
    -La Ley N° 18.695/88, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores:
    Decreto:

    1.- Modifícanse, en el Art. 15° de la Ordenanza Municipal los siguientes derechos, los cuales aumentan su valor.-
    Punto N° 8 "Derechos de Inscripción marca de fuego", aumenta de 10% a 25% U.T.M.-
    Punto N° 11.A5 "Gimnasio Municipal Diurno y Nocturno, actividades hora deportiva sin fines de lucro" aumenta de 4,55% a un 6% U.T.M.-
    2.- Dichos valores comenzarán a regir a contar de la publicación en el Diario Oficial de la República.-
    Anótese, comuníquese y archívese. Publíquese.- Fernando Lataste Muñoz, Alcalde.- Rigoberto Negrón Santander, Secretario Municipal.