COMPLEMENTA DECRETO N° 718, DE 1992
    Núm. 87 exento.- Recoleta, Enero 18 de 1993.- Vistos: El Decreto Alcaldicio N° 718 de fecha 12 de agosto de 1992 que aprobó la Ordenanza para Comercio en la Vía Pública, Estacionado, Ambulante y Ferias en general; el acuerdo del Concejo Municipal de fecha 19 de enero de 1993; y las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Decreto:

    Compleméntase el art. 23° de la Ordenanza para Comercio en la Vía Pública, Estacionado, Ambulante y Ferias en general con el siguiente párrafo:
    "3.- La Municipalidad fiscalizará el cumplimiento por parte de los comerciantes de las obligaciones estipuladas en los números 1 y 2 del presente artículo, exigiendo los recibos cancelados al día por concepto de Aseo, Vigilancia, Electricidad y Mantención de baños químicos, si correspondiere, como requisito para la cancelación de la cuota correspondiente de la patente municipal.
    Además, en el período que medie entre el pago de una y otra cuota de la patente, los Inspectores Municipales deberán fiscalizar el cumplimiento de estas obligaciones, cursando las multas correspondientes al Juzgado de Policía Local si no se diere cumplimiento."
    Anótese, comuníquese y transcríbase a la Dirección de control, a todas las reparticiones municipales, Intendencia Región Metropolitana, Ministerio del Interior, Secretaría Municipal para que se ordenen las publicaciones legales, y pase a la Dirección de Administración y Finanzas para conocimiento y fines consiguientes.- Ernesto Moreno Beauchemin, Alcalde.- Marcela González Aguilar, Secretaria Municipal Suplente.
    Lo que transcribo a Ud. conforme a su original.- Marcela González Aguilar, Secretaria Municipal Suplente.