MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE FIJACION DE TARIFAS DEL SERVICIO DOMICILIARIO POR EXTRACCION DE BASURAS Y EXENCIONES TOTAL Y PARCIAL
    Santiago, 24 de enero de 1996.- La Alcaldía municipal decretó hoy lo que sigue:
    Núm. 67 exento.- Vistos y teniendo presente:
    La Ordenanza N° 2/95 de fecha 14.12.95, publicada en el Diario Oficial de fecha 23.12.95; el Acuerdo N° 1/96 y N° 2/96 de fecha 10.01.96 y 24.01.96, del Concejo Municipal de Quilicura que aprueban Modificaciones a la Ordenanza N° 2/95; y las facultades y atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, texto refundido,
    D e c r e t o:

    Modifícase el Art. 10, inciso 1° y 4° de la Ordenanza N° 2/95 en los términos que a continuación se señalan:
    En el inciso 1° donde dice "520 puntos" debe decir "550 puntos".
    En el inciso 4° queda como sigue:
    "El plazo para presentar la solicitud vencerá el último día del mes siguiente a la notificación de pago. Para este efecto se contratará con particulares el envío de las Boletas de cobro, en los meses de mayo y noviembre y los cobros de éstas se realizarán los meses de junio y diciembre de cada año, es decir, en forma semestral".

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Carmen Romo Sepúlveda, Alcaldesa.- Eduardo Budini Gatica, Secretario Municipal.