APRUEBA ADELANTAR FECHA DE VIGENCIA DE LOS REAVALUOS DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 26 exento.- Palena, julio 29 de 1996.- Vistos:
    1.- La Ley 19.380, publicada en el Diario Oficial el día 31 de marzo de 1995, que establece modalidades de aplicación de los Reavalúos de Bienes Raíces No Agrícolas.
    2.- El Acuerdo del Concejo Municipal, de fecha 23 de julio de 1996.
    3.- Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    D e c r e t o:

    1.- Apruébase adelantar la fecha de vigencia de los reavalúos de los Bienes Raíces No Agrícolas de la Comuna de Palena, según lo estipulado en la Ley N° 19.380, del 31 de marzo de 1995, a contar del Primer Semestre del año 1997.
    2.- Publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial de la República.
    3.- Envíese copia del Decreto Alcaldicio al señor Director del Servicio de Impuestos Internos.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Mario Ojeda Watson, Alcalde.- Francisco Aros Vidal, Secretario Municipal (S).