DEJA SIN EFECTO DECRETO ALCALDICIO Nº 905, DE 2006
    Ñuñoa, 9 de febrero de 2009.- La Alcaldía de Ñuñoa decretó hoy lo siguiente:

    Núm. 150.- Teniendo presente:

    A) Decreto alcaldicio Nº 905 de fecha 31 de agosto de 2006, publicado en el Diario Oficial el 21 de septiembre del mismo año; por el cual se modificó la Ordenanza Municipal Nº 14 sobre Propaganda y Publicidad en la Comuna de Ñuñoa.

    B) Sentencia definitiva de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago en causa rol Nº 9749-2006 de fecha 25 de mayo de 2007, confirmada por la Excelentísima Corte Suprema por sentencia de fecha 24 de diciembre de 2008; en la cual se ordenó a la I. Municipalidad de Ñuñoa dejar sin efecto el decreto alcaldicio 905, de fecha 31 de agosto de 2006.

    C) Resolución de fecha 6 de enero de 2009 de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago que ordena al Municipio cumplir con la sentencia individualizada en la letra anterior.

    D) Decreto alcaldicio Nº 1.391, de fecha 10 de diciembre de 2008, sobre delegación de atribuciones, complementado por decreto alcaldicio Nº 1.409, de fecha 17 de diciembre de 2008.

    Vistos: Las facultades que me confiere la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Decreto:

    1 .- Déjese sin efecto el decreto alcaldicio Nº 905, de fecha 31 de agosto de 2006, publicado en el Diario Oficial con fecha 21 de septiembre de 2006 y en consecuencia, se deja sin efecto las modificaciones de la ordenanza Nº 14 sobre Propaganda y Publicidad en la Comuna de Ñuñoa.

    2.- Publíquese este decreto en el Diario Oficial por la Oficina de Relaciones Públicas.

    3.- La Dirección de Control deberá actualizar el texto de la Ordenanza Nº 14 sobre Propaganda y Publicidad en la Comuna de Ñuñoa, conforme lo dispuesto precedentemente.

    Anótese, publíquese y transcríbase el presente decreto a las direcciones municipales que corresponda. Cúmplase y hecho, archívese.- Jorge Escárate Molina, Alcalde (S); Sara Julia Barra López, Secretaria Municipal (S).