MODIFICA EL ARTICULO 29° Y EL INCISO 3° DEL ARTICULO 134° DEL CODIGO DEL TRABAJO
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    PROYECTO DE LEY:

    "Artículo único. Reemplázase, en el artículo 29° y en el inciso 3° del artículo 134° del Código del Trabajo, la expresión "sesenta" por "ciento ochenta".".
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, doce de septiembre de mil novecientos sesenta y cuatro.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Miguel Schweitzer.