MODIFICA ORDENANZA Nº 22, DE 2001, "ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES"
Núm. 74.- Providencia, 3 de octubre de 2008.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 40 y demás pertinentes del decreto ley Nº 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales y en los artículos 5 letra d) 12, 63 letra i) de la ley Nº 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
Considerando:
1.- Que mediante Decreto Alcaldicio Ex. Nº 2.281 de 31 de diciembre de 2007, se fijó el texto refundido y sistematizado de la Ordenanza Nº 22 de 28 de diciembre de 2001 y sus modificaciones, "Ordenanza Local sobre Derechos Municipales" que regirá en el año 2008, modificada por Ordenanza Nº 72 de 25 de agosto de 2008.
2.- La necesidad de modificar la citada Ordenanza, agregando o modificando los derechos allí establecidos.
3.- El Memorándum Nº 13.725 de fecha 27 de junio de 2008, del Director de Aseo, Ornato y Mantención.
4.- Los Memorándum Nº 13.928 de fecha 1 de julio y Nº 18.697 de 27 de agosto, ambos de 2008, de la Secretario Comunal de Planificación.
5.- El Informe Nº 385 de fecha 24 de julio de 2008, del Director Jurídico.
6.- El Memorándum Nº 16.919 de fecha 7 de agosto de 2008, del Director de Tránsito.
7.- El Memorándum Nº 16.954 de fecha 7 de agosto 2008, de la Directora de Administración y Finanzas.
8.- El Memorándum Nº 17.806 de fecha 18 de agosto de 2008, del Director de Obras.
9.- Los Memorándum Nº 17.481 de 13 de agosto, Nº 17.525 de fecha 19 de agosto y Nº 18.092 de 20 de agosto y Nº 20.497 de 12 de septiembre, todos de 2008, de la Directora de Desarrollo Comunitario.
10.- El Memorándum Nº 19.007 de 1 de septiembre de 2008, del Director de Obras.
11.- El Informe Nº 497 de fecha 5 de septiembre de 2008, del Director Jurídico.
12.- El Memorándum Nº 19.825 de fecha 8 de septiembre de 2008, del Director de Control.
13.- El Acuerdo Nº 932 adoptado en Sesión Ordinaria Nº 156 de 25 de septiembre de 2008, del Concejo Municipal.
O r d e n a n z a:
1.- Modifícase la Ordenanza Nº 22 de 28 de diciembre de 2001 "Ordenanza Local sobre Derechos Municipales", que rige para el año 2008, cuyo texto refundido y sistematizado fue aprobado por Decreto Alcaldicio Ex. Nº 2.281 de 31 de diciembre de 2007 en lo siguiente:
1.1.- Agrégase al artículo primero el siguiente inciso:
"El Alcalde podrá eximir o rebajar los derechos establecidos en la presente Ordenanza respecto de los residentes de la comuna, previo informe social de la Dirección de Desarrollo Comunitario.
El Director de la unidad en que se origine la exención o rebaja de algún derecho, deberá informar de ésta al Concejo Municipal dentro del plazo de 30 días contados desde el otorgamiento del beneficio.".
1.2.- Sustitúyase el número 11 del artículo 6 por el siguiente:
"11.- Retiro de excedentes de basura 0,006 UTM."
(Litro/día/mes)
1.3.- Modifícase en el artículo 11 lo siguiente:
1.3.1.- Sustitúyase et punto Nº 7 por:
"7.- Examen Psicotécnico total o parcial, 0,15 UTM"
Examen Teórico o Práctico
1.3.2.- Elimínese el punto Nº 9, pasando los puntos 10, 11 y siguientes a ser 9, 10 y así sucesivamente.
1.4.- Modifícase el artículo 25 Título I "Permisos por Ocupaciones de Empresas de Servicios Públicos" en lo siguiente:
1.4.1.- Elimínase en el Nº 2 letra a) el punto final y agrégase la siguiente frase: "para su primera prórroga y un 200% para las prórrogas siguientes".
1.4.2.- Sustitúyase el Nº 8 y Nº 9 por los siguientes:
"8.- Los permisos solicitados por los Servicios para instalar nueva infraestructura aérea, o para reforzar la existente, ya sea para aumentar la capacidad o para asegurar lo ya instalado, tendrán un recargo en los derechos de un 1000%, con un área mínima de 20 mt2 por permiso.
Esto comprende: cables de telecomunicaciones, fibra óptica, mensajeros, armarios, cables para energía eléctrica, transformadores, postes, postes mozos, tirantes, rieles, etc."
"9.- Los permisos solicitados para tender cables o fibra óptica de servicios de telecomunicaciones y de transmisión de energía en forma subterránea sin excavaciones, aprovechando los ductos existentes, estarán exentos del pago de derechos.-"
1.5.- Modifícase el artículo 25 Título II "Permisos por Ocupaciones de Particulares o Empresas Privadas" en lo siguiente:
1.5.1.- Agrégase el siguiente punto 4 Bis:
"4 Bis.- Para solicitudes de ocupación y/o rupturas por trabajos cuya duración sea mayor a 30 días, distintos de las solicitudes a que se refiere el punto 2.2 del artículo 25 (mantención e inspección), los permisos estarán sujetos a las siguientes condiciones:
a) Los permisos podrán ser renovados
quincenalmente.
b) Las renovaciones no estarán afectas a recargos ni descuentos estacionales, como tampoco a recargos por renovaciones.-"
1.5.2.- Agrégase al punto Nº 6 la siguiente frase final:
"Este beneficio es excluyente con el párrafo 2 del punto 3 precedente."
1.6.- Sustitúyase el artículo 30:
"Artículo 30º: Por los servicios que presta el Departamento Biblioteca (Biblioteca Municipal, Café Literario Parque Balmaceda, Café Literario Parque Bustamante y Espacio Literario) se pagarán los siguientes derechos:
A) Socios Préstamo de Libros a Domicilio
1.- Cuota anual por persona vinculada a la comuna que se inscribe por primera vez, hasta 0.3 UTM.
2.- Cuota anual por persona vinculada a la comuna que se re-inscribe, hasta 0.25 UTM.
3.- Cuota anual por persona no vinculada a la comuna que se inscribe por primera vez, hasta 0.45 UTM
4.- Cuota anual por persona no vinculada a la comuna que se re-inscribe hasta 0.4 UTM
B) Socios servicio Internet
1.- Cuota semestral por inscripción al servicio Internet, hasta 0.15 UTM.
2.- Cuota semestral renovación de inscripción, hasta 0.1 UTM.
C) Arriendo de PC con Internet hasta por una hora, hasta 0.05 UTM.
D) Impresión en blanco y negro desde los PC de uso público, por hoja $100.
E) Grabación de información en diskette (incluye diskette) $200.
F) Fotocopia e impresión color tamaño carta y oficio $200.
G) Fotocopia e impresión color tamaño doble-carta, por hoja $300.
H) Impresión color de transparencias (incluye material carta/oficio) $600.
I) Impresión blanco/negro de transparencias (incluye material carta/oficio) $300.
J) Digitalización (scanner) 1 cara (página) en archivo $350.
K) Grabación de CD (incluye CD) $500.
L) Fotocopia blanco y negro en todos los tamaños $30.
Se eximirá del pago de los derechos municipales señalados en las letras A.1 y A.2, a las personas que donen al Departamento Biblioteca un libro de un monto equivalente a los derechos indicados, de acuerdo al listado que para este objeto ha elaborado el Sistema de Bibliotecas y publicado en la página web www.providencia-biblioteca.cl.
En la letra A y en la letra B las personas mayores de 60 a años y los estudiantes de Educación Básica, Media o Superior pagarán el 50% de estos derechos.
El Alcalde podrá eximir o rebajar estos derechos a personas de la comuna previo informe del Departamento Social de la Dirección de Desarrollo Comunitario.".
1.7.- Agrégase el siguiente artículo 30 Bis:
"Artículo 30 Bis:
1.- Talleres Literarios y
Afines - 4 sesiones
mensuales Tipo A Hasta 0,53 UTM
Tipo B Hasta 0,35 UTM
Tipo C Hasta 0,28 UTM
2.- Talleres Literarios y
Afines - 8 sesiones Tipo A Hasta 1,05 UTM
Tipo B Hasta 0,70 UTM
Tipo C Hasta 0,56 UTM
3.- Talleres Literarios y
Afines - 16 sesiones Tipo A Hasta 1,58 UTM
Tipo B Hasta 1,05 UTM
Tipo C Hasta 0,84 UTM
4.- Asistencia a charlas y
conferencias, ciclos,
encuentros y otras
reuniones similares Tipo A Hasta 0,18 UTM
(por cada una) Tipo B Hasta 0,11 UTM
5.- Ocupación Sala de
Eventos (valor hora) Uso
regular Hasta 1,0 UTM
Uso
esporádico Hasta 1,5 UTM
Los talleres A, B y C se catalogarán en función del currículum del profesor y del valor que cobre por el desarrollo del taller, al igual que las charlas y conferencias.
El Sr. Alcalde podrá eximir o rebajar estos derechos respecto personas naturales y jurídicas, previa evaluación de la Dirección de Desarrollo Comunitario.
Se podrá también rebajar en un 100% cuando se trate de actividades de interés comunal patrocinados por la Municipalidad.
Las personas inscritas como socias en los Sistemas de Bibliotecas (Préstamo de libros a domicilio y PC a público), en actividades de los Centros Integrales de Adulto Mayor o en Programas de Juventud Providencia, tendrán derecho a una rebaja de 20% en los derechos señalados en los Nº 1, 2, 3 y 4.
Las actividades organizadas por unidades municipales de Providencia serán gratuitas en el caso que estén patrocinadas por la Municipalidad, en los derechos señalados en el Nº 5 precedente.".
1.8.- Elimínese del artículo 32 la letra H.
1.9.- Sustitúyase el artículo 34 por el siguiente:
"Artículo 34º: El uso de las instalaciones deportivas municipales existentes en la comuna implicará el pago de los derechos municipales que se indican:
A.- Gimnasio Santa Isabel
A.1. Clases (por el período mensual)
Planes Residentes No Residentes
A.1.1. Escuelas Deportivas Hasta Hasta
y Ramas Deportivas 0,30 UTM 0,40 UTM
A.1.2. Talleres y Cursos
de Iniciación Hasta Hasta
Deportiva 0,30 UTM 0,40 UTM
A.1.3. Adultos Mayores
residentes en la
Comuna Hasta
0,23 UTM ----
A.1.4. Socios Juventud
Providencia Hasta
0,25 UTM ----
A.1.5. Plan Familiar
(Padre, Madre e Hasta Hasta
Hijos) 0,80 UTM 1,00 UTM
A.1.6 Plan Padre e Hijo Hasta Hasta
0,50 UTM 0,65 UTM
A.1.7 Plan Matrimonial Hasta Hasta
0,50 UTM 0,65 UTM
A.1.8 Plan dos Actividades Hasta Hasta
0,50 UTM 0,65 UTM
A.2.- Ocupación de dependencias, por hora
Convenio Esporádico
A.2.1. Gimnasio Hasta Hasta
0,70 UTM 1,00 UTM
A.2.2. Sala Gimnasia Hasta Hasta
0,40 UTM 0,50 UTM
A.2.3. Salas de Máquinas Hasta Hasta
y Pesas 0,50 UTM 0,70 UTM
A.2.4. Gimnasio Colegios, Hasta Hasta
horario diurno 0,40 UTM 1,00 UTM
A.2.5. Fines Comerciales (diurno) (nocturno)
2,50 UTM 3,00 UTM
B. Centro Deportivo Aguilucho
Los usuarios pagarán, como máximo, por el uso de las instalaciones del Centro Deportivo Aguilucho los siguientes derechos:
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 10.10.2008, PAGINA 23
Convenios
Se aplicarán los siguientes descuentos en valor de mensualidades según el siguiente detalle:
Entre 10 y 30 personas inscritas y activas 10% Entre 31 y 50 personas inscritas y activas 20% Entre 51 y más personas inscritas y activas 30%
Las personas incorporadas en los Planes señalados en la letra B1., tendrán un descuento del 25% en los servicios y programas individualizados en las letras B3, B4 y B8. Este descuento será aplicable siempre y cuando se encuentre el pago de las mensualidades al día.
Las personas incorporadas en los planes de la letra B1, accederán a un descuento de hasta un 50% en el pago de sus mensualidades en caso de inasistencia producto de enfermedades justificadas por medio de certificado correspondiente. Este descuento será aplicable siempre y cuando se encuentre el pago de las mensualidades al día.
Para las personas que residen en la Comuna de Providencia, se aplicará un descuento del 50% en la cuota de incorporación, previa presentación de la documentación que acredite dicha residencia.
Al realizar la inscripción de un Plan entre los días 1 al 15 del mes, la mensualidad a pagar será de un 100% del valor para ese mes. Al inscribir el Plan entre los días 16 al 30 o 31, según sea el caso, la mensualidad a pagar será del 50% de ese mes.
En el caso que un hijo integrante de Plan Familiar cumpla los 25 años, se permitirá su incorporación a un Plan alternativo, sin cobro de incorporación.
El Alcalde podrá eximir o rebajar el pago de estos derechos respecto de instituciones o residentes de la comuna de Providencia, previo informe social de la Dirección de Desarrollo Comunitario.
La Municipalidad podrá celebrar convenios con instituciones sin fines de lucro y pactar rebajas y/o beneficios.
C. Parque Inés de Suárez
C.1.- Ocupación multicancha por hora
Con Convenio Esporádico
C.1.1.- Multicancha día
(hasta las 19:00 Hasta Hasta
horas) 0,20 UTM 0,30 UTM
C.1.2.- Multicancha (noche,
Sábado, Domingo y Hasta Hasta
Festivos) 0,30 UTM 0,40 UTM
C.1.3.- Multicancha o
Parque para fines Hasta
comerciales . 2.50 UTM
D. Centro Deportivo Diagonal Oriente
D.1.- Ocupación recinto por hora
Con Convenio Esporádico
D.1.1.- Antes de las Hasta Hasta
15:00 horas 0,40 UTM 0,50 UTM
D.1.2.- De 15:00 a Hasta Hasta
18:00 horas 0,55 UTM 0,65 UTM
D.1.3.- De 18:00 a Hasta Hasta
23:00 horas 0,85 UTM 0,95 UTM
D.2.- Fines comerciales por hora
D.2.1.- Antes de las 18:00 horas Hasta 2,50 UTM
D.2.2.- Después de las 18:00 horas Hasta 3,00 UTM
D.3.- Clases (por el período mensual)
D.3.1.- Escuelas Deportivas Hasta 0,50 UTM
E. Programas Especiales
E.1.- Torneos Comunales - valor
unitario Hasta 7,00 UTM
E.2.- Verano Deportivo
Providencia - mensual Hasta 0,50 UTM
E.3.- Invierno Deportivo Providencia Hasta 0,40 UTM
E.4.- Club Provito - semestral Hasta 0,60 UTM
Los montos fijados en este artículo son los máximos que puede cobrar la Municipalidad. El Alcalde podrá eximir o rebajar estos derechos respecto de instituciones o residentes de la comuna, previo informe social de la Dirección de Desarrollo Comunitario.".
1.10.- Sustitúyanse los artículos 35 y 36 por los siguientes:
"Artículo 35: Los usuarios pagarán por el uso de las instalaciones de Centro Deportivo Providencia los siguientes derechos:
Valor
A Plan de Socio mensualidad
Hasta
A.1 Niño entre 4 y 14 años, Adultos
Mayores (60 años) Discapacitados
(por persona) 0.6 UTM
A.2 Jóvenes entre 15 y 25 años horario
de lunes a viernes 07:00 a 18:00 0.6 UTM
horas, sábados, domingos y festivos horario libre, por persona
A.3 Jóvenes entre 15 y 25 años horario
de lunes a viernes 07:00 a 17:00 horas, sábados, domingos y festivos
horario libre, por persona 0.5 UTM
A.4 Plan Individual personas no
comprendidas en las letras A.1.
A.2. A.3 1.0 UTM
A.5 Plan Familiar (padre, madre e hijos
de 4 a 24 años solteros) 1.4 UTM
B. Incorporación como socio Centro Deportivo Providencia
Plan de Socio Cuota de
incorporación
hasta
B.1 Niños entre 10 y 14 años, Adultos 1.0 UTM
Mayores, Jóvenes, Discapacitado
B.2 Individual 1.5 UTM
B.3 Familiar 2.5 UTM
C. Cursos piscina
Valor Valor 4 Valor 8
1 sesión sesiones sesiones
hasta hasta hasta
Curso de natación 0.5 UTM 0.7 UTM 1.0 UTM
D. Hidrogimnasia
D.1 01 Sesión Hasta 0.3 UTM
D.2 08 Sesiones Hasta 1.0 UTM
D.3 12 Sesiones Hasta 1.1 UTM
E. Cursos Gimnasio
E.1 Cursos salones (12 Sesiones) Hasta 0.8 UTM
E.2 Cursos salones (8 Sesiones) Hasta 0.6 UTM
E.3 Curso Horario Libre Mensual Hasta 1.0 UTM
E.4 1 Sesión Gimnasio Hasta 0.2 UTM
E.5 Spinning 8 Sesiones Hasta 0.8 UTM
E.6 Spinning 12 Sesiones Hasta 0.9 UTM
F. Cursos Piscina Gimnasio
F.1. Acondicionamiento Físico Básico Hasta 1.0 UTM
F.2. Acondicionamiento Físico Plus Hasta 1.5 UTM
F.3. Acondicionamiento Físico Full Hasta 2.5 UTM
G.- Programas Infantiles
G.1.- Psicomotricidad (mensual) Hasta 0.6 UTM
G.2.- Recreación (mensual) Hasta 2.0 UTM
G.3.- Danza Educativa (mensual) Hasta 0.6 UTM
H.- Ocupación recinto por hora
H.1 Uso Pista Piscina Hasta 1.1 UTM
H.2 Uso Salones Hasta 1.1 UTM
H.3 Uso para fines comerciales Hasta 6.0 UTM/hora
I.- Evaluación física no socios
I.1 Evaluación Física 1 sesión Hasta 2.0 UTM
I.2 Evaluación Médica 1 Sesión Hasta 2.0 UTM
J. Credencial
J.1.- Credencial (tipo socios) Hasta 0.2 UTM
J.2.- Credencial Temporal Hasta 0.003 UTM
K. Entrada uso piscina libre, por persona
K.1.- Horario Bajo (lunes a
viernes 07:00 a 18:00 horas) Hasta 0.3 UTM
K.2.- Horario Alto (lunes a
viernes 18:00 a 22:00 horas Hasta 0.4 UTM
sábados, domingos y festivos)
L.- Masajes
L.1.- 15 minutos Hasta 0.2 UTM
L.2.- 30 minutos Hasta 0.3 UTM
L.3.- 45 minutos Hasta 0.4 UTM
L.4.- 60 minutos Hasta 0.5 UTM
L.5.- Pack 4 Masajes 60 minutos Hasta 1.5 UTM
L.6.- Pack 4 Masajes 45 minutos Hasta 1.4 UTM
L.7.- Pack Masajes 30 minutos Hasta 1.0 UTM
L.8.- Pack 4 Masajes 15 minutos Hasta 0.6 UTM
M.- Arriendo de Toalla (1 unidad) Hasta 0.03 UTM
N.- Arriendo de Bata (1 unidad) Hasta 0.05 UTM
O.- Arriendo de Locker (mensual) Hasta 0.5 UTM
Convenios
En el caso de Convenios en los servicios Planes Socios se aplicarán los siguientes descuentos:
50% de Descuento en Cuota de Incorporación por cada plan, para aquellas empresas que tienen domicilio en la comuna de Providencia.
Descuento en el valor de las mensualidades de Planes socios, según el siguiente detalle:
Entre 10 y 30 personas inscritas 10% Entre 31 a 50 personas inscritas 20% Entre 50 y más personas inscritas 30%
Las personas incorporadas en los Planes señalados en la Letra A tendrán un descuento de un 25% de descuento en los Programas individualizados en las letras C, D, E, F, G, K.
Sólo se aplicará el descuento con la mensualidad y pagos al día.
Las personas incorporadas a los Planes señalados en la Letra A.1, A.2, A.3, A.4, A.5, tendrán un descuento hasta de un 50% en el pago de sus mensualidades en caso de inasistencia debido a enfermedades debidamente justificadas siempre que estén con su mensualidad y pagos al día. Para los residentes de la comuna de Providencia, se aplicará el 50% de descuento en la cuota de incorporación de planes socios.
Al inscribirse en un Plan de Socio el pago del valor de la mensualidad entre los días 1 y 15 de cada mes se cancela el 100% del valor de la mensualidad establecida. Al inscribirse entre los días 16 y 30 de cada mes cancela el 50% de la mensualidad.
En el caso de un integrante de un plan familiar que cumpla 25 años, se les permitirá inscribirse en un Plan sin el pago de la cuota de incorporación.
Existirá una Tarifa Normal y una Tarifa Preferencial. El pago de la mensualidad entre los días 1 y 10 de cada mes corresponde a la tarifa de valor preferencial y el pago de la mensualidad entre los días 11 y 30 de cada mes corresponde al valor de la tarifa normal cuyos valores no podrán exceder el monto máximo establecido.
Frente a un cambio de Plan, se deberá cancelar la diferencia de dinero que corresponda a la cuota de incorporación del plan vigente o al valor cancelado al momento de la inscripción.
El Alcalde podrá eximir o rebajar estos derechos respecto de instituciones o residentes de la comuna previo informe social de la Dirección de Desarrollo Comunitario.
La Municipalidad podrá celebrar convenios con instituciones sin fines de lucro y con Empresas que tengan domicilio en la comuna con las cuales podrá pactar rebajas y/o beneficios.
Artículo 36: Los usuarios pagarán como máximo por el uso de las instalaciones del Spa Club Providencia los siguientes derechos:
Plan Básico
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 10.10.2008, PAGINA 54
Plan Plus
Plan Full
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 10.10.2008, PAGINA 25
B. Incorporación como socio Spa Club Providencia
Plan de Socio Cuota de
incorporación
hasta
B.1 Niño 1.3 UTM
B.2 Discapacitado 1.3 UTM
B.3 Adulto Mayor 1.3 UTM
B.4 Estudiante 1.3 UTM
B.5 Joven 1.5 UTM
B.6 Individual 2.0 UTM
B.7 Familiar 3.0 UTM
C.- Cursos Piscina
Valor Valor 4 Valor 8
1 sesión sesiones sesiones
hasta hasta hasta
C.1 Natación Bebés
* 6 meses a 2
años 0.5 UTM 1.3 UTM 0.8 UTM
C.2 Natación Párvulos
* 2-3 años 0.5 UTM 1.3 UTM 0.8 UTM
C.3 Natación Infantil
4 - 6 años 0.5 UTM 1.3 UTM 0.8 UTM
C.4 Natación infantil
7 - 14 años 0.5 UTM 1.15 UTM 0.74 UTM
C.5 Natación Adulto 0.5 UTM 1.15 UTM 0.74 UTM
D. Hidrogimnasia
D.1 01 Sesión Hasta 0.3 UTM
D.2 08 Sesiones Hasta 1.0 UTM
D.3 12 Sesiones Hasta 1.3 UTM
E. Entrada uso piscina libre, por persona
E.1 Horario Alto (Lunes a Viernes
18:00 a 22:00 horas Hasta 0.4 UTM
Sábados, Domingos y Festivos)
E.2 Horario Bajo (Lunes a Viernes
06:30 a 18:00 Horas) Hasta 0.3 UTM
F. Entrada uso piscina, sauna y jacuzzi p/p
F.1 Horario Alto (Lunes a Viernes
18:00 a 22:00 horas Hasta 0.6 UTM
Sábados, Domingos y Festivos)
F.2 Horario Bajo (Lunes a Viernes
06:30 A 18:00 Horas) Hasta 0.4 UTM
G.- Cursos gimnasio
G.1 Cursos salones Horario
Fijo Mensual Hasta 1.0 UTM
G.2 Curso Horario Libre Mensual Hasta 1.5 UTM
G.3 1 Sesión Gimnasio Hasta 0.2 UTM
G.4 Spinning 8 Sesiones Hasta 1.0 UTM
G.5 Spinning 12 Sesiones Hasta 1.2 UTM
H.- Cursos piscina gimnasio
H.1.- Acondicionamiento Físico Básico Hasta 1.0 UTM H.2.- Acondicionamiento Físico Plus Hasta 1.5 UTM H.3.- Acondicionamiento Físico Full Hasta 2.5 UTM
I.- Programas infantiles
I.1.- Psicomotricidad (mensual) Hasta 0.6 UTM
I.2.- Recreación (mensual) Hasta 2.0 UTM
I.3.- Danza Educativa (mensual) Hasta 0.6 UTM
J. Gimnasia para embarazadas
J.1.- 8 sesiones Hasta 1.5 UTM
J.2.- 12 sesiones Hasta 1.6 UTM
K.- Sauna y Jacuzzi
K.1 1 Sesión Horario Alto (Lunes
a Viernes 18:00 a 22:00 Horas Hasta 0.5 UTM Sábados, domingos y Festivos)
K.2 1 Sesión Horario Bajo (Lunes
a Viernes 07:00 a 18:00 Horas) Hasta 0.4 UTM
K.3 4 Sesiones Hasta 0.8 UTM
K.4 8 Sesiones Hasta 1.1 UTM
K.5 12 Sesiones Hasta 1.3 UTM
L.- Ocupación recinto por hora
L.1.- Uso por Pista Piscina Hasta 1.1 UTM
L.2.- Uso Salones Hasta 1.1 UTM
L.3.- Uso recinto para
Fines comerciales Hasta 6.0 UTM/hora
M.- Evaluación física no socios
M.1.- Evaluación Física 1 sesión Hasta 2.0 UTM
M.2.- Evaluación Médica 1 Sesión Hasta 2.0 UTM
N. Credencial
N.1. Credencial Socio Hasta 0.2 UTM
N.2. Credencial Curso Hasta 0.03 UTM
O.- Masajes
O.1.- 15 minutos Hasta 0.2 UTM
O.2.- 30 minutos Hasta 0.3 UTM
O.3.- 45 minutos Hasta 0.4 UTM
O.4.- 60 minutos Hasta 0.5 UTM
O.5.- Pack 4 Masajes 60 minutos Hasta 1.5 UTM
O.6.- Pack 4 Masajes 45 minutos Hasta 1.4 UTM
O.7.- Pack 4 Masajes 30 minutos Hasta 1.0 UTM
O.8.- Pack 4 Masajes 15 minutos Hasta 0.6 UTM
P.- Arriendo de Toallas (1 Unidad) Hasta 0.03 UTM
Q.- Arriendo de Bata (1 Unidad) Hasta 0.05 UTM
R.- Arriendo de Locker (mensual) Hasta 0.5 UTM
Convenios
En el caso de Convenios en los servicios Planes Socios se aplicarán los siguientes descuentos:
50% de Descuento en Cuota de Incorporación por cada plan para aquellas Empresas que tienen domicilio en la Comuna de Providencia.
Descuento en el valor de las mensualidades de Planes socios, según el siguiente detalle:
Entre 10 y 30 personas inscritas 10% Entre 31 a 50 personas inscritas 20% Entre 50 y más personas inscritas 30%
Las personas incorporadas en los Planes señalados en la Letra A.1, A.2, A.3 tendrán un descuento de un 25% de descuento en los Programas individualizados en las letras C, D, E, F, G, H, I, J, K.
Sólo se aplicará el descuento con la mensualidad y pagos al día.
Las personas incorporadas a los Planes señalados en la Letra A.1 A.2, A.3 tendrán un descuento hasta de un 50% en el pago de sus mensualidades en caso de inasistencia debido a enfermedades debidamente justificadas, siempre que estén con sus mensualidades y pagos al día.
Para los residentes de la comuna de Providencia, se aplicará el 50% de descuento en la cuota de Incorporación de planes socios.
Al inscribirse en un Plan de Socio el pago del valor de la mensualidad entre los días 1 y 15 de cada mes se cancela el 100% del valor de la mensualidad establecida. Al inscribirse entre los días 16 y 30 de cada mes cancela el 50% de la mensualidad.
En el caso de un integrante de un plan familiar que cumpla 25 años, se les permitirá inscribirse en un Plan sin el pago de la cuota de incorporación.
Existirá una Tarifa Normal y una Tarifa Preferencial.- El pago de la mensualidad entre los días 1 y 10 de cada mes corresponde a la tarifa de valor preferencial y el pago de la mensualidad entre los días 11 y 30 de cada mes corresponde al valor de la tarifa normal cuyos valores no podrán exceder el monto máximo establecido.
Frente a un cambio de Plan, se deberá cancelar la diferencia de dinero que corresponda a la cuota de incorporación del plan vigente o al valor cancelado al momento de la inscripción.
El Alcalde podrá eximir o rebajar estos derechos respecto de instituciones o residentes de la Comuna previo informe social de la Dirección de Desarrollo Comunitario.
La Municipalidad podrá celebrar convenios con instituciones sin fines de lucro y con Empresas que tengan domicilio en la comuna con las cuales podrá pactar rebajas y/o beneficios.".
1.11.- Sustitúyase el número 3 del artículo 38 por el siguiente:
"3.- Planos Oficiales, incluido el plan Regulador Comunal
3.1.- Copia impresa en blanco
y negro (1 plano) 0,05
3.2.- Copia impresa en blanco y
negro (los 4 planos PRCP) 0,20
3.3.- Copia Impresa en colores
(1 plano) 0,15
3.4.- Copia impresa en colores
(los 4 planos PRCP) 0,50"
1.12.- Sustitúyase el artículo 41 inciso tercero por el siguiente:
"Los vehículos que se encuentren retenidos en el Aparcadero Municipal, como consecuencia de un hurto o robo, estarán exentos de pagar estos derechos, debiendo su propietario acreditar este hecho mediante un certificado emitido por el Secretario del respectivo Tribunal a cuya disposición se encuentra el vehículo. El propietario tendrá treinta días para retirar su vehículo a contar de la fecha de emisión del documento.".
1.13.- Elimínase el "Título XIX Derechos Municipales Relativos a Servicios Prestados por Departamento Biblioteca y en Café Literario y Espacio Literario.", pasando el Título XX y el artículo Nº 43 a ser Título XIX y artículo Nº 42, respectivamente, y así sucesivamente.
2.- En todo lo no modificado continúa vigente la Ordenanza Nº 22 de 28 de diciembre de 2001, cuyo texto refundido fue fijado por Decreto Alcaldicio Ex. Nº 2.281 de 31 de diciembre de 2007.
3.- La presente modificación entrará en vigencia el 1 de enero de 2009.
4.- La Secretaría Municipal fijará el texto refundido y sistematizado de la Ordenanza Local de Derechos Municipales que regirá para el año 2009, el que se publicará en la página web de la Municipalidad.
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 10.10.2008, PAGINA 25 NOTA
NOTA:
Por rectificación publicada el 16.10.2008, se modificó el cuadro contenido en el Art. 36, el que no fue ingresado por restricciones técnicas, por lo que no se ha podido construir su texto actualizado.
NOTA:
Por rectificación publicada el 16.10.2008, se modificó el cuadro contenido en el Art. 36, el que no fue ingresado por restricciones técnicas, por lo que no se ha podido construir su texto actualizado.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial, comuníquese y archívese.- Christian Espejo Muñoz, Alcalde (S).- Josefina García Trias, Secretario Abogado Municipal.
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Josefina García Trias, Secretario Abogado Municipal.