ADELANTA ENTRADA EN VIGENCIA DEL REAVALUO DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 1.800.- Los Angeles, noviembre 27 de 1995.- Vistos estos antecedentes:
    a) Lo establecido en la Ley N° 19.380, publicada en el Diario Oficial el día 31 de marzo de 1995, sobre la aplicación y entrada en vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas, practicado por el Servicio de Impuestos Internos conforme a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 19.000;
    b) El Acuerdo N° 246-95 del Concejo Municipal, adoptado en Sesión Extraordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 1995;
    c) Las disposiciones contenidas en los artículos 5°, 10°, 56° y demás pertinentes de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido fue fijado por Decreto Supremo de Interior N° 662, de 1992;
    D e c r e t o:

    1.- Adelántase en la comuna de Los Angeles, a partir del primer semestre del año 1996, la entrada en vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas practicado por el Servicio de Impuestos Internos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 19.000.

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República, transcríbase al Servicio de Impuestos Internos y archívese.- Teresa Stark Ortega, Alcaldesa.- Juan Jara Jara, Secretario Municipal.-
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y fines pertinentes.- Juan Jara Jara, Secretario Municipal.