MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES Peñalolén, 8 de Agosto de 1994.- Hoy se decretó lo siguiente:
    Núm. 1800/1574. Vistos: Lo dispuesto en el artículo 43° y demás pertinentes del Decreto Ley N°3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, el Decreto N° 1100/117 (27.01.88), Ordenanza de Derechos Municipales, el Decreto Alcaldicio N° 1800/2256 (26.11.93), el memorándum N° 854 (08.07.94) de la Dirección de Finanzas, el acuerdo adoptado por el Honorable Consejo Municipal, en sesión ordinaria N° 69 (21.07.94), la necesidad de igualar el derecho por ocupación de bien nacional de uso público para permisos especiales a los de las ferias libres y persas.
    Teniendo presente: Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Modifíquese la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales.

    Artículo único: Rebájese el derecho que a continuación se indica:
    TITULO VI
    Artículo 14° N° 17
    Ocupación de bien nacional de uso público para permisos especiales de artículos nuevos y usados de carácter transitorio, por metro cuadrado, ocupado o
fracción por día de funcionamiento ____________________ 0.00034 UTM.

    Anótese, comuníquese y transcríbase el presente decreto a todos los departamentos municipales, al Juzgado de Policía Local de Peñalolén, y la Intendencia Región Metropolitana; publíquese en el Diario Oficial, cúmplase y hecho archívese. Carlos Echeverría Muñoz, Alcalde. Luz Marina Román Duk, Secretario Municipal (S).