MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES Peñalolen, 26 de Noviembre de 1993.- Hoy se decretó lo siguiente:
    Núm. 1.800/2.256.- Vistos: El artículo 43 y demás pertinentes del D.L. N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales; el Decreto N° 1.100/117 (27.01.88), Ordenanza de Derechos Municipales, Memorándum N° 753 (17.11.93) del Consejo Municipal, Memorándum N° 1.306 (22.11.93) de la Dirección de Finanzas, el acuerdo adoptado por el Honorable Consejo Municipal, en sesión ordinaria N° 049 (22.11.93).
    Teniendo presente: Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Considerando: La necesidad de crear el derecho correspondiente a la ocupación de bien nacional de uso público, por concepto de permisos especiales artículos nuevos y usados; en la Ordenanza señalada en vistos, se dicta lo siguiente:
    Modifíquese la Ordenanza local sobre Derechos Municipales.

    Artículo único: Créase el derecho que a continuación se indica:
              TITULO VI
      Artículo 14° N° 17
    Ocupación de bien nacional de uso público para permisos especiales de artículos nuevos y usados de carácter transitorio, por metro cuadrado, ocupado o fracción por día de funcionamiento
________________________ 0.00067 UTM.

    Anótese, comuníquese y transcríbase el presente decreto a todos los departamentos municipales, al Juzgado de Policía Local de Peñalolen, y la Intendencia de la Región Metropolitana; publíquese en el Diario Oficial, cúmplase y hecho archívese.- Carlos Echeverría Muñoz, Alcalde.- Luz Marina Román Duk, Secretario Municipal (S).