PROHÍBE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS QUE INDICA EN SECTOR QUE SEÑALA

    Ordenanza Municipal Nº 420.- Iquique, 30 de junio de 2008.
    La Srta. Alcalde Suplente, con esta misma fecha ha dictado la siguiente Ordenanza.

    Vistos:

    Certificado Nº 286 de fecha 16 de mayo de 2008, de Secretaria Municipal y Secretaria de Concejo Municipal, sobre acuerdo Nº 295/08.
    Certificado Nº 347 de fecha 5 de junio de 2008, de Secretaria Municipal y Secretaria de Concejo Municipal, sobre acuerdo Nº 357/08.
    Artículo 163º de la Ley Nº 18.290 sobre Tránsito.
    Decreto alcaldicio Nº 109 de fecha 18 de abril de 2007, que designa como Alcalde Suplente a la Srta. Myrta Dubost Jiménez.
    Y, en ejercicio de las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores.
    Considerando: La necesidad de regular el tránsito de vehículos pesados en Avenida La Tirana, por razones de salud de las personas, atendida la alta densidad habitacional del sector.

    Ordeno:

    Artículo primero: Prohíbase el estacionamiento de vehículos superiores a 5.000 kilogramos de capacidad de carga, en toda la extensión de Avenida La Tirana, desde rotonda El Pampino y hasta Avenida Francisco Bilbao.
    Quedan contemplados en la presente prohibición los carros de arrastre, semiremolques, carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, y todo tipo de máquinas automotrices, tales como retroexcavadoras, bulldozers y otros similares.

    Artículo segundo: Los infractores a esta ordenanza serán sancionados con arreglo a las disposiciones señaladas en la Ley de Tránsito.
    Sin perjuicio de lo anterior Carabineros de Chile, Inspectores Municipales o Inspectores Fiscales podrán ordenar el retiro inmediato de los vehículos señalados en el Artículo 1ª de esta normativa.
    La presente ordenanza municipal comenzará a regir a contar de los 15 días corridos desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial y en el diario de mayor circulación de la comuna.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Myrta Dubost Jiménez, Alcalde Suplente.- María Angélica Vega Pinto, Secretaria Municipal.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines que haya lugar.
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- María Angélica Vega Pinto, Secretaria Municipal.