MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
    Peñalolén 1° de Abril de 1993.- Hoy se decretó lo siguiente:
    Núm. 1.800/614.- Vistos: El artículo 43° y demás pertinentes del D.L. N° 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales; el Decreto N° 1.100/117 (27.01.88) Ordenanza de Derechos Municipales; el acuerdo adoptado por unanimidad por el Honorable Concejo Municipal, en sesión ordinaria N° 020 (22.03.93).
    Teniendo Presente: Las facultades que me confiere la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Considerando: la necesidad de crear el derecho exento de pago por concepto de construcción de viviendas financiadas por el subsidio habitacional del programa de viviendas progresivas, D.S. N° 140/90; en la Ordenanza señalada en vistos,
    se dicta lo siguiente:

    Modifíquese la ordenanza local sobre derechos municipales.


    Artículo Unico: Créase el derecho que a continuación se indica:
  TITULO IX
  Artículo 18° Punto 17
  Permisos para viviendas progresivas D.S.
  140/90 _________________________________ Exento

    Anótese, comuníquese y transcríbase el presente decreto a todos los departamentos municipales, al Juzgado de Policía Local de Peñalolén, y la Intendencia de la Región Metropolitana; publíquese en el Diario Oficial, Cúmplase y hecho archívese.- Carlos Echeverría Muñoz, Alcalde.- Luciano Ramírez González, secretario Municipal.