ESTABLECE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS A CONTAR DEL SEGUNDO SEMESTRE DE 1995
    Núm 1.752.- Copiapó, 8 de Mayo de 1995.- Vistos: Las disposiciones contenidas en la Ley N° 19.380 de 1995, que establece modalidades de aplicación de los Reavalúos de Bienes Raíces no Agrícolas y modifica Leyes N°s.
19.000, 19.034 y 19.339; el acuerdo del Honorable Concejo Comunal de Copiapó, adoptado en Sesión Ordinaria N° 17/95, del 02 de Mayo de 1995; la Resolución N° 55 de 1992, de la Contraloría General de la República, y las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores.
    Decreto:

    1.- Establécese la entrada en vigencia, a contar del Segundo Semestre de 1995, del Reavalúo de Bienes Raíces no Agrícolas, practicado por el Servicio de Impuestos Internos conforme a lo dispuesto en el Artículo 3° de la Ley N° 19.000.
    2.- Publíquese el presente Decreto Alcaldicio en el Diario Oficial de la República, atendido lo establecido en el Artículo 2° de la Ley N° 19.380 de 1995.
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Mónica Calcutta Stormenzan, Alcaldesa de Copiapó.- Jean Bondi Ortiz de Zárate, Secretario Municipal.