MODIFICA Y COMPLEMENTA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS
Puerto Aysén, 21 de Diciembre de 1993.- La Alcaldía decretó hoy lo que sigue;
Núm. 1.517.- Vistos: La Ordenanza Local sobre derechos municipales por permisos, concesiones y servicios aprobada mediante Decreto Alcaldicio N° 7 de fecha 21.01.82 y las modificaciones a la misma efectuadas mediante Decretos Alcaldicios N° 187 de fecha 30.12.82, texto refundido de fecha 02.02.83 y modificación de fecha 15 de Febrero de 1990, el Acuerdo del Concejo Municipal de Aysén de fecha 29 de Enero de 1993, la Ley N° 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales, y; teniendo presente: las atribuciones que me otorga la Ley N° 18.695 de 1988 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones, Decreto:
Modifíquese y compleméntese la Ordenanza Municipal sobre permisos, concesiones y servicios aprobada mediante Decreto Alcaldicio N° 7 de fecha 21.01.82 y modificada mediante Decreto Alcaldicio N° 187 de fecha 30.12.82, texto refundido de fecha 02.02.83, y modificación de fecha 15 de Febrero de 1990, en la forma que indica:
Derechos relativos al transporte público Agrégase al Art. 6° lo siguiente:
15.- Cambio de clase o ampliación
a otras adicionales ya
autorizadas por conductores
que estén en posesión de
licencia, conforme a la Ley
N° 18.290 25% U.T.M.
Permisos para estacionamientos reservados
16.- Automóviles, station wagons 2 U.T.M. anual.
17.- Vehículos de transporte de
pasajeros, cargas u otros,
incluyendo taxis 1 U.T.M. anual.
18.- Transporte por arrastre en la
vía pública de embarcaciones
marítimas u otros 1/2 U.T.M. por día
o fracción.
19.- Estacionamiento en
Establecimientos Comerciales
con un máximo de 8 mts. de
largo 2 U.T.M. anual.
Arriendo equipo amplificador Modifica Art. 7° y agrega lo que sigue:
8.- Actividades culturales,
religiosas y deportivas 1/4 U.T.M. por día
o fracción.
9.- Actividades políticas 1 U.T.M. por día
o fracción.
10.- Actividades artísticas 1/2 U.T.M. por día
o fracción.
Derechos relativos a la propaganda
Modifica Artículo 8° y agrega lo
siguiente:
5.- Ocupación vía pública frente
a locales comerciales para
exhibición de mercaderías 10% U.T.M. por día.
Derechos relativos a urbanización y construcción
Modifica Art. 10° y agrega lo siguiente:
18.- Arriendo de nichos por mes o
fracción 2 U.T.M.
19.- Derechos contratistas para efectuar
obras en el Cementerio Municipal 1/2 U.T.M. por
semestre o fracción.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial de la República, medios de difusión locales y archívese.- Eduardo Laibe Vera, Alcalde.- Selim A. Muñoz Arias, Secretario Municipal.