POSTERGA PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN PARA LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE TODO TIPO

    Núm. 4.453 exento.- Puerto Montt, 3 de junio de 2008.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo Nº 117, DFL Nº 458 de fecha 18.12.75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo "Ley General de Urbanismo y Construcciones", D.O. 13.04.76.

    Teniendo presente:

A.-  El Plan Regulador Comunal de Puerto Montt, su Memoria Explicativa, Estudio de Factibilidad, su Ordenanza Local y tres Planos PMO-01; PMO-
    02; PMO-03; escala 1:5000, aprobado por resolución Nº 6 del 8 de marzo de 1990, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Secretaría Regional Ministerial X Región de Los Lagos.
B.-  La incompatibilidad del actual Plan Regulador Comunal de Puerto Montt, mencionado en la letra A precedente, con los antecedentes técnicos de la Modificación al Plan Regulador Comunal de Puerto Montt, PRC-PMO-2008, su Memoria Explicativa, Ordenanza Local y demás Estudios Complementarios, en proceso de aprobación.
C.-  El Ord.: 14836-E-DDU6-Nº 706, del 28 de mayo 2008, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo X Región de Los Lagos, que informa favorablemente la postergación de los permisos de construcción, señalados en los sucesivos artículos 1, 2, 3, 4, 5, del presente decreto.

    Decreto:

    Artículo 1.- Postérguense los permisos de construcción para las actividades productivas de todo tipo, por un plazo de tres meses, en la Zona M, Zona M a, en el sector de Canal Tenglo, delimitada por la línea poligonal cerrada A-B-C-D-E-F-A, de acuerdo a lo graficado en el "Plano Postergación Permisos de Construcción" PPC-01-08 escala 1:7.500.

    Artículo 2.- Postérguense los permisos de construcción para actividades productivas de todo tipo, por un plazo de tres meses, en aquellos sitios que enfrenten Avenida Angelmó, entre las calles Independencia y Pacheco Altamirano, de la Zona M, delimitada por la línea poligonal cerrada
A-B-C-D-E-F-G-A, sector Angelmó y en el área comprendida al poniente de la Avenida Pacheco Altamirano, al norte de la Caleta Angelmó y al sur de la zona ZR-3, "Protección de Quebradas Naturales", delimitada por la línea poligonal cerrada H-I-J-K-L-H, de acuerdo a lo graficado en el "Plano Postergación Permisos de Construcción" PPC-02-08 escala 1:7.500.

    Artículo 3.- Postérguense los permisos de construcción de todo tipo, por un plazo de tres meses en la Zona C3, sector 2, comprendido al sur y poniente de la Avenida España, al norte de la Avenida Juan Soler Manfredini y al oriente de Calle Copiapó, según lo establecido en la "Modificación Plan Regulador Comunal Puerto Montt, Sector Ex Estación Puerto Montt, Plano PMO-M-02-98, e inscrito dentro de la línea poligonal cerrada A-B-C-D-A (C-3.2) de acuerdo a lo graficado en el "Plano Postergación Permisos de Construcción" PPC-03-08, escala 1:7.500.

    Artículo 4.- Postérguense los permisos de construcción de todo tipo, por un plazo de tres meses en la Zona M, comprendida al sur de la Zona ZR-3, "Protección de Quebradas Naturales", al poniente de calle Río Puelche, al norte de la Avenida Juan Soler Manfredini y al poniente del deslinde de la Zona C3, descrito en el artículo 3 precedente, delimitada por la línea poligonal cerrada, E-F-G-H-I-E, de acuerdo a lo graficado en el "Plano Postergación Permisos de Construcción PPC-03-08 escala 1:7.500.

    Artículo 5.- Postérguense los permisos de construcción de todo tipo, por un plazo de tres meses en todos aquellos predios que enfrenten la Plaza de Armas y Plaza de Los Colonos, delimitados por las calles Urmeneta, O'Higgins, Antonio Varas, Quillota, Av. Diego Portales y San Martín.

    Artículo 6.- Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial, y en el diario El Llanquihue, de acuerdo a lo previsto en el artículo Nº 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones DFL Nº 458.

    Anótese, tramítese, comuníquese y archívese.- Luis Durán Branchi, Alcalde (S).- Jorge Schmidt Billeke, Secretario Municipal.