POSTERGA PERMISOS DE CONSTRUCCIONES EN ZONAS QUE SEÑALA
Puchuncaví, 20 de marzo de 2008.- Esta alcaldía decretó hoy lo que sigue:
Núm. 620/08.- Visto y teniendo presente: Oficio Ord. Nº 119, de fecha 14.03.2008, mediante el cual el Alcalde de la Municipalidad de Puchuncaví solicitó a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Quinta Región Valparaíso, informar favorablemente la postergación de los permisos de construcciones por los plazos y condiciones señalados en dicho instrumento; ordinario Nº 0531, de fecha 20.03.2008, por el cual dicha Secretaría Regional Ministerial informó favorablemente la solicitud precedente; artículo 117 del DFL 458/Minvu, Ley General de Urbanismo y Construcciones; resoluciones Nºs. 55 de 1992, 520 de 1996 y sus respectivas modificaciones, ambas de Contraloría General de la República; Sentencia de Proclamación del Tribunal Electoral Quinta Región de Valparaíso, de fecha 25.11.2004, que ratifica la elección del Alcalde y en ejercicio de las facultades que me confiere la Ley Nro.18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades de la República, en vigencia:
Decreto:
1.- Postérguense los permisos de construcciones en las zonas de la comuna de Puchuncaví que se señalan a continuación:
Zonas o Áreas afectas por la postergación:
a) Las áreas urbanas de las localidades de Maitencillo y Horcón establecidas o definidas en el Plan Regulador Comunal de Puchuncaví actualmente vigente.
b) Las zonas AEU 2 y ZRI 1 de la Modificación del Plan Intercomunal de Valparaíso Satélite Borde Costero Norte "Sector Costero Comuna de Puchuncaví Zona A EU-4".
c) Los sectores costeros contiguos a estas zonas.
El sector afecto aparece graficado en "Plano de Límites de Área Afecta a Postergación de Permisos de Construcción" y se delimita por la siguiente Poligonal:
Norte : El límite urbano de la localidad de
Maitencillo, entre los puntos M1 y M2
de la Lámima PRCP Nº 3.
Oriente : El límite urbano de Maitencillo, entre
los puntos M2, M3, M4, M5, M6, M7, M8
y el tramo M8-M9 entre el punto M8 y la
intersección con calle Aguas Blancas;
la calle Aguas Blancas hasta la
intersección con la Vía F-128 o Camino
Hinojos; el camino Hinojos hasta la
intersección con la Vía 2A8 del Plan
Intercomunal Valparaíso; la citada Vía
2A8 hasta el punto 15 de la
Modificación del Plan Intercomunal de
Valparaíso Satélite Borde Costero Norte
"Sector Costero comuna de Puchuncaví
Zona AEU-4" y los tramos 15-4 y 4-3 del
citado instrumento; el deslinde oriente
del predio rol 225-23 hasta el Camino
Los Pescadores; el Camino Los
Pescadores hasta la intersección con la
Vía F-152; la Vía F-152 hasta el punto
H3 del límite urbano de la localidad de
Horcón del plano PRCP Nº 1 del Plan
Regulador Comunal; el límite urbano de
la localidad de Horcón entre los puntos
H3, H4, H5, H6, H7 y H8; la calle
Camino del Alba hasta el Camino al Tebo
o Camino antiguo Ventanas a Horcón y el
citado camino desde la localidad de
Horcón hasta intersectar con el tramo
V4-V5 del plano PRCP Nº 2 del Plan
Regulador Comunal.
Sur : El límite urbano de la localidad de
Ventanas que incluye el tramo V4-V5 y
los puntos V4, V3, V2 y V1 del sector
urbano de Ventanas.
Poniente : El Océano Pacífico.
2.- Exceptúense de la postergación materia del presente decreto, las obras de equipamiento social, salud, seguridad, educación, todas de escala básica, una vivienda unifamiliar en cada predio, y las obras de infraestructura que ejecute el Estado.
3.- Establézcase que dicha postergación regirá por un período de tres meses, y entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese, regístrese, comuníquese y publíquese.- Agustín Valencia García, Alcalde.- Juan Carlos González Romo, Secretario Municipal.