APRUEBA ORDENANZA MUNICIPAL DE BECAS DE ESTUDIOS SUPERIORES

    Núm. 123.- Pirque, 8 de febrero año 2008.- Vistos y considerando:

    1.- Que es deber del Estado, en su rol subsidiario, velar por la igualdad de oportunidades en la continuidad y acceso a la educación,
    2.- Que los municipios, al tenor de su ley orgánica constitucional, deben asegurar la participación de la comunidad local en el progreso económico, social y cultural en su comuna,
    3.- Que la Municipalidad de Pirque, ha establecido entre sus metas de gestión, velar porque los estudiantes de su comuna puedan acceder a la educación superior, toda vez que ésta es concebida como herramienta fundamental en el desarrollo, progreso social, cultural y económico del país,
    4.- El acuerdo del honorable concejo municipal en sesión ordinaria Nº 212 del 1 de febrero 2008, 5.- Lo dispuesto en el artículo 4º letra a) y letra c), artículo 5º letra d), artículo 12º y artículo 65 letra k de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Resuelvo:

    1º Apruébese la siguiente ordenanza municipal de becas de estudios superiores de la I. Municipalidad de Pirque la que incluye las siguientes materias:

                    TÍTULO:

DE LA BECA DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA I.M. PIRQUE
Párrafo I  : De las diferentes categorías
Párrafo II  : De los criterios de evaluación Párrafo III : De los montos y cantidades de becas Párrafo IV  : De la selección y plazos de postulación.

    2º Téngase la mencionada ordenanza como parte integrante de esta resolución.


    Anótese, comuníquese y publíquese un extracto en el Diario Oficial y en la página Web de Pirque, quedando una copia en la secretaría municipal a disposición del público, cúmplase y hecho archívese.- Jaime Escudero Ramos, Alcalde.- Karem Neubauer Rojas, Secretaria Municipal.