REBAJA TASA VIGENTE A PATENTES MUNICIPALES Peñalolén, 27 de Junio de 1995.- Hoy se ha decretado lo siguiente:
    Núm. 1100/1913.- Vistos: Lo establecido en el artículo 24 del Decreto Ley N° 3063, sobre Rentas Municipales, que indica que el valor anual de las patentes Municipales se determinará por una tasa que varía entre el 2,5/1000 y el 5/1000 del capital propio que declara el contribuyente; el inciso 6° del artículo 24 del citado Decreto Ley, que establece que las Municipalidades podrán modificar la tasa de la patente vigente en la respectiva comuna dictando una resolución que debe ser publicada en el Diario Oficial, con una anticipación de, a lo menos, seis meses al inicio del año calendario en que debe entrar en vigencia la nueva tasa; la necesidad de readecuar la tasa de las patentes municipales de la comuna de Peñalolén, a fin de proteger los intereses de la comunidad; el acuerdo adoptado en sesión extraordinaria N° 77 de fecha 27.06.95, del Honorable Concejo Municipal de Peñalolén; lo dispuesto por esta Alcaldía; y,
    Teniendo presente: Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    D e c r e t o:

    1.- Rebájese la tasa vigente que se aplica a las
patentes Municipales de la comuna de Peñalolén del
5/1000 al 4/1000, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 24 del Decreto Ley N° 3063 sobre Rentas Municipales, a contar del primer semestre calendario del año 1996.
    2.- Publíquese el presente Decreto Alcaldicio en el Diario Oficial con una anticipación de a lo menos seis meses, al del inicio del año calendario en que debe entrar en vigencia la nueva tasa.

    Anótese, comuníquese a quien corresponda, cúmplase y hecho archívese.- Carlos Echeverría Muñoz, Alcalde.- Luz Marina Román Duk, Secretario Municipal.