POSTERGA PERMISO DE SUBDIVISION, LOTEO, URBANIZACION PREDIAL Y DE CONSTRUCCION POR PLAZO QUE INDICA EN ZONA QUE SEÑALA
    Núm. 1.019/93.- Zapallar, Diciembre 16 de 1993.- Vistos: Los antecedentes.
1.- Las facultades que me confiere la Ley 18.695 de 1988, "Orgánica Constitucional de Municipalidades", modificada por la Ley 19.130 del 19 de Marzo de 1993.-
2.- El Decreto Alcaldicio N° 634/92, que me nombra Alcalde de la Comuna de Zapallar.
    Considerando:
3.- El Of. Ord. N° 138-516-93, que solicita informe favorable al Sr. Secretario Regional Ministerial para Postergación de Permisos en la Zona ZH2 sector Balneario de Cachagua, según Plan Regulador vigente de Zapallar.-
4.- El Of. Ord. N° 1690 mediante el cual Secretaría Regional Ministerial informa favorable la aplicación del Art. 117° del D.F.L. N° 458/75 en la Zona ZH2, sector Balneario de Cachagua.-
    Decreto:

5.- Postérguese los Permisos de Subdivisión, Loteo, Urbanización Predial y de Construcciones por un Plazo de 3 meses en la Zona ZH2 sector Balneario de Cachagua del Plan Regulador vigente de Zapallar, a contar de la emisión del presente Decreto, conforme al Art. 117° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones a objeto de proceder a la brevedad con las modificaciones para esa zona que básicamente se refieren a: Usos permitidos, densidad y exigir la construcción de una vivienda por predio
    Publíquese, regístrese, infórmese y archívese.- Paulina Ruiz-Tagle Irarrázabal, Alcalde.- Gerardo Antonio Molina Daine, Secretario Municipal.