EXPROPIA INMUEBLE QUE INDICA
Núm. 789 exento.- Malloa, 12 de noviembre de 2007.- Considerando:
1.- Plan Regulador comuna de Malloa contempla apertura vial calle 2 en tramo comprendido entre Avenida Estación y Avenida Santa Rosa.
2.- Para cumplir Plan Regulador Comunal vigente es necesario expropiación parcial de inmueble ubicado en Avenida Santa Rosa número 596, que rol de avalúo número 46-1, de la comuna de Malloa, a nombre del Obispado de Rancagua.
3.- Superficie que se expropia es de 531,54 metros cuadrados aproximadamente, y deslindes y medidas siguientes: Norte, en 10 metros con varios propietarios; Sur, en 10 metros con Sucesión Álvarez; Oriente, en 48,87 metros con Empresa de Ferrocarriles del Estado; y, Poniente, en 49,62 metros con resto de propiedad expropiada. Según Plano de Expropiación correspondiente elaborado por Municipalidad Malloa.
4.- Indemnización provisional determinada por Comisión de Peritos asciende a $5.270.839.- (cinco millones doscientos setenta mil ochocientos treinta y nueve pesos).
5.- Acuerdo Concejo Municipal de Malloa, en sesión ordinaria número 99, de fecha 7 de noviembre de 2007. Vistos: Constitución Política de la República, ley 18.695 y decreto ley 2.186.
Decreto:
I.- Exprópiase para dar cumplimiento a Plan Regulador Comunal de Malloa: franja de terreno que forma parte del inmueble ubicado en Avenida Santa Rosa número 596, Pelequén, comuna de Malloa, franja constituida por el polígano A-B-C-D de una superficie de 531,54 metros cuadrados aproximadamente, y los siguientes deslindes particulares y medidas: Norte, en 10 metros con varios propietarios; Sur, en 10 metros con Sucesión Álvarez; Oriente, en 48,87 metros con Empresa de Ferrocarriles del Estado; y, Poniente, en 49,62 metros con resto de propiedad expropiada. Medidas y deslindes de terreno a expropiar según Plano Expropiación elaborado por Municipalidad de Malloa.
II.- Fíjase provisionalmente como monto de indemnización por dicha expropiación suma determinada por Comisión de Peritos, ascendente a $5.270.839.-.
III.- Consígnese suma en Juzgado Letras Civil Competente.
Edelmira Silva El Salug, Alcaldesa.- Arturo Campos Astete, Secretario Municipal.