MODIFICA ORDENANZA LOCAL DE ASEO
Núm. 801.- Machalí, 6 de noviembre de 2007.- Vistos:
1.- Lo dispuesto en el D.L. 3.063/79 de la Ley de Rentas Municipales.
2.- Lo establecido en la Ordenanza Municipal para determinar tarifa de aseo, exención, parcial o total en la comuna de Machalí, a través de decreto alcaldicio Nº 710 del 27.12.1995 y decreto alcaldicio Nº 463 del 18.07.2005.
3.- Las facultades que me confiere la Ley 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades".
Considerando:
1.- La Ordenanza de Aseo en el art. 19, letras a y b en la que considera puntaje de exención de acuerdo a ficha CAS II.
2.- Que ficha CAS II fue reemplazada por Nueva Ficha Protección Social.
3.- El ordinario Nº 131 del 02.08.2007 de la Dirección de Control.
4.- El ordinario Nº 12 de fecha 22.10.2007 de la Directora de Desarrollo Comunitario.
5.- El ordinario Nº 161 del 30.10.07 emitido por el Secretario Municipal donde informa que en la sesión Nº 96 del honorable concejo se aprueba modificación a Ordenanza Local de Aseo.
Decreto:
1.- Modifíquese Ordenanza Local de Aseo en su art. 19 letras a) y b), de la siguiente forma:
a) Donde dice CAS II, debe decir: Ficha de
Protección Social; donde dice: 520, debe decir:
hasta 8.500 puntos; Exento 100%.
b) Donde dice: CAS II debe decir: Ficha de Protección Social; donde dice 521-550, debe decir: 8.501 a 10.000 puntos; Exento 50%.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial de la República, comuníquese y archívese.- Juan Abud Figueroa, Alcalde.- Humberto Gatica Cortés, Secretario Municipal.