FIJA NUEVO SENTIDO DE TRÁNSITO EN POBLACIÓN PUNTA DE DIAMANTE DE SAN PEDRO DE ATACAMA, EN CALLES QUE INDICA
    San Pedro de Atacama, 28 de septiembre de 2007.- Con esta fecha la Alcaldía ha resuelto dictar lo que sigue:

    Núm. 5.- Vistos:

    1. La necesidad de regular y ordenar el tránsito público en algunos sectores y poblaciones de la localidad de San Pedro de Atacama, para hacer más expedita la circulación vehicular.
    2. El certificado Nº 209 de fecha 14 de septiembre de 2007 por el cual la señorita Secretaria Municipal certifica que en la Sesión Ordinaria Nº 26 del Concejo Municipal de San Pedro de Atacama, celebrado el 13 de septiembre de 2007, se prestó el acuerdo para la dictación de la nueva Ordenanza.
    3. Teniendo presente lo dispuesto en la Ley de Tránsito Nº 18.290, Título VIII artículo 100º y Título XVI 178º; artículo 3º letra d), artículo 26º letra c); y demás facultades conferidas por la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, con esta fecha la Alcaldía ha resuelto dictar lo que sigue:

    O r d e n a n z a:

    1. Fíjese nuevo sentido de tránsito en la Población Punta de Diamante de San Pedro de Atacama, en las siguientes calles:

*    Calle Pachamama un sentido de tránsito de Norte a Sur, entre las calles Ckilapana y Lascar.
*    Calle Ignacio Carrera Pinto un sentido de tránsito de Sur a Norte, entre las calles Lascar y Ckilapana.

    2. Fíjese nuevo sentido de tránsito en el siguiente pasaje:

*    Pasaje Aucalquincha un sentido de tránsito de Poniente a Oriente entre las calles Tocopilla y Toconao.

    3. Póngase en conocimiento de los Departamentos Municipales para los trámites legales que correspondan.
    4. La presente Ordenanza regirá a contar de la publicación en el Diario Oficial y de un diario de mayor circulación regional.
    5. Comuníquese en un medio de difusión social comunal y difúndase en el panel informativo municipal, como también en los lugares de mayor afluencia de público en el casco antiguo de la localidad la presente ordenanza.
    6. Solicítese la colaboración de Carabineros de Chile, Subcomisaría de San Pedro de Atacama, e Inspectores Municipales, velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza.
    7. Archívese la presente Ordenanza para el control posterior de la Contraloría Regional de Antofagasta.

    - Sandra Berna Martínez, Alcaldesa.- Roxana Aranda Caru, Secretaria Municipal.