MODIFICA ORDENANZA Nº 22, DE 2001, "ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES"

    Núm. 56.- Providencia, 21 de junio de 2007.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 4 Nº 13 letras a) y b) de la ley Nº 20.033, publicada en el Diario Oficial de fecha 1 de julio de 2005, y en los artículos 5 letra d) 12, 63 letra i) de la ley Nº 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
    Considerando:

    1.- Que mediante decreto alcaldicio ex. Nº 2.124, de 28 de noviembre de 2006, se fijó el texto refundido y sistematizado de la Ordenanza Nº 22, de 28 de diciembre de 2001, y sus modificaciones, "Ordenanza Local sobre Derechos Municipales", que regirá en el año 2007, modificado por Ordenanza Nº 54, de 25 de abril de 2007.
    2.- El memorándum Nº 7.816, de 20 de abril de 2007, de la Dirección de Administración y Finanzas.
    3.- El memorándum Nº 4.264, de fecha 5 de marzo; memorándum Nº 7.252, de 13 de abril, y memorándum Nº 9.665, de 15 de mayo, todos de 2007, de la Dirección de Obras.
    4.- El memorándum Nº 10.793, de 30 de mayo de 2007, de la Dirección Jurídica.
    5.- El memorándum Nº 10.462, de 25 de mayo de 2007, de la Dirección de Control.
    6.- El acuerdo Nº 611 adoptado en sesión ordinaria Nº 101, de 19 de junio de 2007, del Concejo Municipal.

    O r d e n a n z a:

    1.- Modifícase la Ordenanza Nº 22, de 28 de diciembre de 2001, "Ordenanza Local sobre Derechos Municipales", que rige para el año 2007, cuyo texto refundido y sistematizado fue aprobado por decreto alcaldicio ex. Nº 2.124, de 28 de noviembre de 2006, en lo siguiente:

    1.1.- Sustitúyase el inciso tercero del artículo 14 por el siguiente:

Zona Comercial  : UpEC
Zona Mixta      : UpR y Er, UpR y E
                  UpR y Ecr; UpAP e Ir
Zona Residencial : UR; UpR

    1.2.- Sustitúyase en el artículo 38 el punto 3 por el siguiente:

    " 3 Planos Oficiales copia en
    blanco y negro (cada plano)        0,20 U.T.M. "

    1.3.- Agrégase al artículo 38 punto 24 en la columna "rubro" lo siguiente:

    " Entrega dentro de la Región
    Metropolitana antes de 24 horas    0,10 U.T.M. "

    1.4.- Agrégase al artículo 38 el siguiente número 27:

" 27. Plano Digital de la comuna
      por Unidad Vecinal, en            0,9 UTM por "
      formato DXF que considera          Unidad
      los siguientes niveles            Vecinal
      de información
      -Límite Comunal
      -Límite de Unidades Vecinales
      -Curvas de Nivel Cerro
      San Cristóbal
      -Bandejones
      -Líneas de Solera
      -Parques y Plazas
      -Nombres de Calles
      -Límite Oficial o
      Línea de Manzana
      -Río Mapocho y Canal
      San Carlos

    2.- En todo lo no modificado continúa vigente la Ordenanza Nº 22, de 28 de diciembre de 2001, cuyo texto refundido fue fijado por decreto alcaldicio ex. Nº 2.124, de 28 de diciembre de 2006, modificado por Ordenanza Nº 54, de 25 de abril de 2007.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial, comuníquese y archívese.- Cristián Labbé Galilea, Alcalde, y Josefina García Trías, Secretario Abogado Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Josefina García Trías, Secretario Abogado Municipal.