DICTA REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE AÑOS DE SERVICIO A FUNCIONARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LOTA

    Núm. 3.- Lota, 15 de octubre de 2006.- Vistos:

    a) Decreto Subdere Nº 2.118, publicado en el Diario Oficial con fecha dieciséis de octubre de 1997, que estableció el Día Nacional del Funcionario Municipal, instituido el 28 de octubre de cada año en reconocimiento y homenaje a la importante contribución histórica y futura de los funcionarios en el desarrollo de las comunas y en suma del país.

    b) Dictamen de Contraloría General de la República Nº 21.756, de 13 de junio de 2002, que permite entregar estímulo de reconocimiento a los años de servicio de los funcionarios municipales, y

    c) D.F.L. Nº 1/19.704, del 31 de mayo de 2002, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Considerando: Que por la trayectoria en el municipio, resulta en justicia reconocer la labor de los funcionarios municipales que han cumplido quinquenios de años de servicio en el Municipio o que se acojan a pensión, y en uso de lo dispuesto en el artículo 12º y las facultades que me confiere el artículo 63º, ambos de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, vengo en dictar el siguiente reglamento:


                    TITULO I

                De los beneficios


    Artículo 1º: El presente reglamento tendrá por finalidad entregar estímulo de reconocimiento a los funcionarios de la Municipalidad de Lota que cumplan quinquenios de años de servicio o se acojan a jubilación por edad.

    Artículo 2º: El reconocimiento se materializará a través de la entrega al funcionario homenajeado de un diploma, medalla o galvano, y de un obsequio con el logo de la Ilustre Municipalidad de Lota.
    Artículo 3º: Para los efectos de este reglamento se entenderá por años de servicio, los servicios prestados efectivamente en el Municipio de Lota, continuos o discontinuos, siempre que sumados en su totalidad completen el número de años necesarios para tener los beneficios otorgados en el presente reglamento.
    Artículo 4º: Tendrán derecho a reconocimiento los funcionarios que cumplan quinquenios, comenzando desde los cinco años de servicios y sin tope de cumplimiento de años.
    Artículo 5º: Los funcionarios que se acojan a jubilación por motivos distintos de la edad y tengan más de cinco años de servicio en el municipio, tendrán el derecho, por una sola vez, que el Municipio les entregue los estímulos señalados en el artículo segundo.
                    TITULO II

                Del procedimiento


    Artículo 6º: El derecho a obtener el reconocimiento se declarará mediante decreto alcaldicio previo informe favorable del Departamento de Personal del municipio.

    Artículo 7º: El Departamento de Personal oficiará a Alcaldía, a la Asociación de Funcionarios Municipales de Lota (Afumul), a la sección de Bienestar y a cualquier otro organismo de funcionarios de la Municipalidad que tenga reconocimiento legal, de la nómina de funcionarios que tienen derecho a estímulos.
    Artículo 8º: La Municipalidad durante el año calendario coordinará a través del Departamento de Personal la entrega de los estímulos por parte del Alcalde o de la persona en quien delegue esta función a los funcionarios homenajeados realizándose ésta en una ceremonia especial destinada al efecto.
                    TITULO III

                Del financiamiento


    Artículo 9º: El financiamiento de los beneficios establecidos en el presente reglamento será con cargo al presupuesto anual municipal mediante la dictación del correspondiente acto administrativo.

                Artículo Transitorio

    El presente reglamento entrará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese, transcríbase a todas las Direcciones Municipales y Asociación de Funcionarios Municipales de Lota para su conocimiento, difusión y fines consiguientes.
    Archívese en registro.- Patricio Marchant Ulloa, Alcalde.- José Miguel Arjona Ballesteros, Secretario Municipal.