APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA REAVALUO BIENES RAICES NO AGRICOLAS
Núm. 660.- Tirúa, 20 de noviembre de 1996.- Vistos:
1) Lo dispuesto en la Ley N° 19.380, publicada en el Diario Oficial del 31.03.1995 que dispone modalidad de Reavalúo de Bienes Raíces No Agrícolas.
2) Acuerdo del Concejo Municipal de fecha 4 de junio de 1996.
3) Las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N° 18.695.
D e c r e t o:
1) Apruébase el adelanto de la vigencia de Reavalúo de Bienes No Agrícolas, a partir del 1er. Semestre del año 1997, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 2° de la Ley N° 19.380, en la Comuna de Tirúa, Provincia de Arauco, Octava Región.
Anótese, comuníquese y archívese.- Roberto Aguillón Medina, Alcalde.- José M. Muñoz Carrasco, Secretario Municipal.