APRUEBA REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS Núm. 599.- Talca, 10 de Mayo de 1995.- Vistos: Las necesidades del Servicio, el Oficio del Servicio de Impuestos Internos, de fecha 25 de Abril de 1995, el acuerdo del Concejo, adoptado en sesión ordinaria del 3 de mayo de 1995, lo dispuesto en el Art. 2° de la Ley 19.380, y conforme a las facultades que me confiere la Ley 18.695, de 1988, refundida.
    Considerando: Que el Art. 2° de la Ley 19.380 faculta la puesta en vigencia de la aplicación de Reavalúos de Bienes Raíces No Agrícolas.
    Decreto:

    Apruébase la puesta en vigencia, a contar del 2° Semestre de 1995 del Reavalúo de los Bienes Raíces No Agrícolas de la Comuna de Talca practicado por el Servicio de Impuestos Internos, conforme a lo dispuesto en el Art. 3° de la Ley 19.000.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- José Fernández Llorens, Alcalde.- Yamil Allende Yáber, Secretario Municipal.