MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL N° 24, SOBRE "DETERMINACION DE TARIFA POR EL SERVICIO DOMICILIARIO DE ASEO"
    Núm. 575.- Ñuñoa, 23 de abril de 1996.- Teniendo presente:
    a) Que es necesario modificar la Ordenanza Municipal N° 24 sobre "Determinación de Tarifa por el Servicio Domiciliario de Aseo", para adecuarla a la normativa establecida en el artículo 7° del DL-3063 de 1979, sobre Rentas Municipales.
    b) El acuerdo prestado por el Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria N° 19/96, de fecha 15 de Abril de 1996, a la modificación propuesta por el Alcalde.
    Vistos: Lo dispuesto en el artículo 7° del DL-3063 de 1979, sobre Rentas Municipales y las facultades que me confiere la Ley 18.695, sobre Municipalidades.
    D e c r e t o:

    1°) Modifícase la Ordenanza Municipal N° 24 sobre "Determinación de Tarifa por el Servicio Domiciliario de Aseo", en los siguientes términos:
    a) Sustitúyense las letras a) y b) del artículo 14°, por las siguientes:
    "a) Puntaje CAS 2 de 0 a 635 puntos, exención del 100%".
    "b) Puntaje CAS 2 de 636 a 650 puntos, rebaja del 50%.
    b) Elimínanse los incisos tercero y cuarto del artículo 4°.
    c) Agrégase el siguiente artículo transitorio 2.
    "Artículo transitorio 2: Las solicitudes para acogerse al beneficio establecido en el artículo 14°, para el año 1996, deberán presentarse por los interesados, en la Dirección de Desarrollo Comunitario, hasta el 31 de Mayo de 1996, y serán resueltas por el Alcalde a más tardar el día 31 de Agosto del mismo año".
    2°) Publíquese la presente modificación en el Diario Oficial.

    Anótese y transcríbase el presente Decreto a todas las Direcciones Municipales.- Cúmplase y hecho, archívese.- Pablo Vergara Loyola, Alcalde de Ñuñoa.- Miguel Angel Ponce de León González, Secretario Municipal.