POSTERGA PERMISOS DE SUBDIVISION, LOTEO O URBANIZACION PREDIAL Y DE CONSTRUCCIONES, POR EL PLAZO QUE INDICA
    Núm. 202/804 exento.- Cerrillos, 21 de junio de 2006.- Visto: La Providencia Alcaldicia
Nº100/2709/2006;el Ordinario N°604/094/2006 del Asesor Urbanista; copia fotostática del Ordinario N°1702 del Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo; el artículo N°117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el artículo N°1.4.18 de su Ordenanza General; el decreto exento N°202/1124/2004; y las facultades que confiere Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Considerando:

    Que, mediante decreto exento N°202/1124/2004, se aprobó el Convenio de Cooperación Técnica y Económica, suscrito entre la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y la Municipalidad de Cerrillos, celebrado con el objeto de aunar esfuerzos, concretar acciones y coordinar inversiones para elaborar los instrumentos de planificación territorial necesarios para la comuna.
    El informe favorable de la Seremi Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, de la solicitud de postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, en el área de la comuna más abajo individualizada.
    Que, el área que se señalará posteriormente, en la actualidad no cuenta con normas técnico urbanísticas ni definición de trazados viales, que posibiliten un desarrollo acorde a las expectativas de la planificación comunal definida por el municipio, en el estudio de modificación del Plan Regulador Comunal que se encuentra en elaboración, en la etapa final de formulación, para posteriormente iniciar el proceso aprobatorio correspondiente.

    Decreto:

    1. Postérganse los Permisos de Subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, por un plazo de tres (3) meses, en el área sur del ex Aeródromo Los Cerrillos, graficada en el plano MPR001-06 escala 1:5000 de fecha mayo de 2006, preparado por el Municipio y definida por los siguientes límites:

*    Al norte, en parte de la prolongación de la Avenida
    Lo Errázuriz y por propiedad del SERVIU R.M., desde
    Zona Industrial Exclusiva con Actividad Molesta
    Reincorporada ZIEAM 5 hasta Avenida Aeropuerto;
*    Al oriente, con Avenida Aeropuerto, desde propiedad
    SERVIU R.M., hasta Avenida Américo Vespucio;
*    Al sur, con Avenida Américo Vespucio, desde Avenida
    Aeropuerto hasta Camino Lonquén;
*    Al poniente, con Camino Lonquén y con Zona
    Industrial Exclusiva con Actividad Molesta
    Reincorporada ZIEAM 5, desde Avenida Américo
    Vespucio hasta prolongación de Avenida Errazuriz.

    2.- Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial y en el diario de mayor circulación en la comuna, para su entrada en vigencia.

    3. El Departamento de Abastecimiento velará por el cumplimiento del punto anterior.

    4. El gasto que irrogue la publicación del presente Decreto deberá imputarse a la cuenta 22.17.002 "Publicidad y Difusión" del Presupuesto Municipal.


    Publíquese, anótese, comuníquese y archívese.- Alejandro Almendares Calderón, Alcalde.- Cecilia Ulloa Chacón, Secretaria Municipal.
    Lo que comunico a usted para su conocimiento y fines.- Secretaria Municipal.